Reducen la pena a un acusado por demoler la construcción ilegal antes de la celebración del juicio

El Juzgado de lo Penal número 13 de Sevilla ha condenado a tres meses de cárcel a un acusado de un delito contra la ordenación del territorio por demoler la construcción ilegal antes de que tuviera lugar la celebración del juicio, una circunstancia atenuante recogida en el Código Penal que ha llevado a la juez a imponerle la pena inferior en grado a la prevista.

El Juzgado de lo Penal número 13 de Sevilla ha condenado a tres meses de cárcel a un acusado de un delito contra la ordenación del territorio por demoler la construcción ilegal antes de que tuviera lugar la celebración del juicio, una circunstancia atenuante recogida en el Código Penal que ha llevado a la juez a imponerle la pena inferior en grado a la prevista.

Según relata la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el condenado, identificado como A.M.J., adquirió en 2005 una participación indivisa de una finca radicada en el paraje Cortijuelos de Clarevot, en el término municipal de Alcalá de Guadaíra, aunque "en realidad compró una parcela vallada de 1.000 metros cuadrados para su uso exclusivo, si bien se formalizó" del modo indicado "a fin de eludir la expresa prohibición de dividir fincas por debajo de la unidad mínima de cultivo".

En este sentido, señala que la parcela se sitúa en suelo clasificado como no urbanizable común según el PGOU de Alcalá de Guadaíra, que prohíbe obras de construcción que provengan de una parcelación ilegal, así como en ese paraje las vinculadas al uso residencial. Añade que, "pese a saber que no podía hacerlo, y sin solicitar licencia municipal, alzó una edificación".

De este modo, la sentencia precisa que la edificación estaba destinada a habitación de 15 metros cuadrados y anexo de dos metros cuadrados para aseo, unidos permanentemente al suelo mediante una plataforma de hormigón de 40 metros cuadrados rematada con ladrillo. Además, contaba en 2008 con una fosa séptica y suministro de agua y de luz, aseverando que las obras "no son autorizables o legalizables conforme al planeamiento municipal, y se encontraban terminadas a la llegada de la Guardia Civil el 20 de febrero de 2007, si bien después del inicio del procedimiento judicial hizo una fosa séptica".

El Juzgado de lo Penal número 13 tiene en cuenta que el acusado procedió a la demolición de la construcción antes del juicio oral, lo que tiene en cuenta como atenuante privilegiada para imponerle una condena de tres meses de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento