Admiten a trámite la recusación de la juez Alaya para "comprobar" la intervención del marido

Rechaza que la juez pueda tener "ideas preconcebidas" y resalta que este argumento "resulta del todo punto extemporáneo"

La magistrada de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla María Auxiliadora Echavarri ha admitido a trámite el incidente de recusación planteado contra la juez que investiga las presuntas irregularidades cometidas en Mercasevilla, participada por el Ayuntamiento hispalense y Mercasa, todo ello a fin de comprobar "con la debida certeza el dato objetivo de la intervención que haya podido tener como auditor" en la empresa investigada el marido de la juez Mercedes Alaya.

Fue la representación jurídica de la ex responsable del área económico-financiera de Mercasevilla Pilar Giraldo, imputada por las presuntas irregularidades cometidas en el merca, quien presentó un escrito en el que solicitaba la recusación de la juez instructora, ya que su marido fue el auditor de la sociedad mixta hasta que la empresa decidió prescindir de sus servicios en verano de 2002, "lo que podría determinar que, aún sin su intención, pudiera haber perdido la imparcialidad en su actuar", llegando a tener "un interés directo o indirecto" en la causa.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada ha acordado requerir a Mercasevilla para que en el plazo de dos días informe "durante qué periodo de tiempo" la firma KPMG Auditores S.L., en la que trabajó el marido de la juez Alaya, auditó las cuentas del merca, así como que "concrete de forma expresa cuáles fueron los servicios que, como auditor y respecto al ejercicio fiscal y contable de 2002, prestó" la pareja de la juez de Instrucción número 6.

Además, la magistrada de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha acordado pedir al juzgado que expida testimonio de la escritura de subrogación del derecho de superficie a favor de Sanma, que se alzó con la adjudicación a pesar de que en el concurso público concurría una oferta superior por parte del Grupo Noga, así como del acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Mercasevilla del 30 de septiembre de 2002. No obstante, rechaza la práctica de testificales propuesta, entre ellas la del propio marido de la juez recusada.

En el auto, recuerda que "la afectación de la imparcialidad" de la instructora la basa la defensa de Giraldo "en las ideas preconcebidas de la instructora por tramitar asimismo otras causas" en las que están implicados los imputados, y argumenta que la alegación en este sentido "resulta del todo punto extemporánea", pues "el simple hecho casuístico de que la juez esté instruyendo otras causas con los mismos imputados o algunos de ellos no puede 'per se' comprometer la imparcialidad de la misma", sobre lo cual existen pronunciamientos del Tribunal Constitucional y del Supremo, por lo que rechaza el referido argumento como motivo de recursación.

"exhaustivo" y "riguroso" informe de la juez

En segundo lugar, y sobre el posible conocimiento extraprocesal de los hechos investigados por la juez Alaya dado el trabajo del marido, la magistrada dice que hay que tener en cuenta una serie de aspectos, tales como que la juez Alaya "no ha aceptado como cierta la causa de recusación, evacuando un exhaustivo y riguroso informe", en el cual "indica de forma expresa que el dato contable más antiguo que es objeto de la presente investigación corresponde al ejercicio 2005, como se puede inferir del auto de admisión de las querellas".

Al hilo de ello, añade que "es un dato objetivo e incuestionable admitido por la propia juez que su marido participó como miembro del equipo de la firma KPMG en los trabajos de auditoría de las cuentas de Mercasevilla al menos hasta el año 2001", y agrega que "no consta documentalmente" la participación de su marido en los trabajos de auditoría de las cuentas de Mercasevilla correspondiente a 2002, ni tampoco que la firma KMPG "auditase las cuentas correspondientes al ejercicio económico cerrado a 31 de diciembre de 2002".

La causa de recusación, que únicamente afecta a la rama de la investigación por presunto delito societario contra Giraldo y los ex directivos del merca Fernando Mellet y Daniel Ponce, fue apoyada asimismo por la Fiscalía hispalense, quien considera que "es innegable la relación del contenido objetivo de la investigación que ahora se inicia con la actividad profesional desplegada" por su marido hasta el mes de septiembre de 2002 en la citada empresa, estimando que "ello puede tener influencia en la debida imparcialidad de la instructora".

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