La Consejería de Educación instó al colegio Ortega y Gasset a retirar los crucifijos el 7 de septiembre

En la directriz, firmada por el delegado provincial, se invoca el artículo 16 de la Constitución Española

La Consejería de Educación instó al Colegio Ortega y Gasset de Almendralejo (Badajoz) a retirar "símbolos religiosos" de determinadas aulas y zonas comunes en un escrito con fecha del pasado 7 de septiembre firmado por el delegado provincial, Enrique Pérez.

En dicho escrito, recabado por Europa Press, se explica que habiéndose solicitado la retirada de los símbolos religiosos por la madre de una alumna, "se debe proceder conforme a lo solicitado, por cuanto se entiende que existe un conflicto que debe ser dirimido".

"A tenor de lo expuesto —concluye el texto— esta Delegación Provincial de Educación interesa de la dirección del centro educativo la retirada de los símbolos religiosos radicados en las aulas utilizadas por la alumna y las zonas comunes, sin perjuicio de su presencia en las clases en las que se impartan enseñanzas de religión".

En el escrito se indica que la solicitante de la retirada es Ana Isabel Lago y se refiere a la misma como madre de una alumna del centro. Aquí cabe apuntar que el padre de esta alumna también inició un proceso, aunque por vía judicial, para reclamar el mismo fin. NEUTRALIDAD

El texto firmado por el delegado provincial de Educación indica que la dirección del centro solicitó en enero de 2009 instrucciones sobre "el procedimiento a seguir" después de que en diciembre de 2008 la madre hubiera pedido también por escrito la retirada de los símbolos religiosos por "considerarlos lesivos de los derechos del alumnado".

El delegado de Educación explica que el artículo 16.3 de la Constitución establece que "ninguna confesión tendrá carácter estatal", al tiempo que "los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española".

En el escrito de Educación se precisa acto seguido que el citado precepto constitucional establece, por tanto, "un principio de neutralidad de los poderes públicos en materia religiosa que, como declaró el Tribunal Constitucional en las sentencias 24/1982 y 340/1993, veda cualquier tipo de confusión entre funciones religiosas y estatales".

No hubo resolución judicial

En cuanto a la vía judicial que siguió el padre, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha explicado este miércoles con total claridad que no ha emitido resolución alguna ni se ha pronunciado "ni a favor ni en contra" de los crucifijos en el colegio Ortega y Gasset de Almendralejo.

Fuentes del alto tribunal han señalado a Europa Press que "nunca se ha pronunciado la sala" que llevaba este asunto y que lo que hubo fue "un auto de archivo del procedimiento".

Han apostillado estas fuentes que la retirada de los crucifijos de dos aulas del citado colegio se llevó a cabo por una decisión de la Junta de Extremadura, que es la que está contenida en el escrito al que ha tenido acceso Europa Press.

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