Condenado a 22 años y medio de prisión el autor del asesinato de un camionero de Huelma en Zaragoza

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a Juan Carlos Arriba, de 25 años de edad, a una pena de 22 años y 6 meses de prisión por el asesinato de un camionero, natural de Huelma (Jaén), José María Justicia, ocurrido en la capital aragonesa el de mayo de 2006.

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a Juan Carlos Arriba, de 25 años de edad, a una pena de 22 años y 6 meses de prisión por el asesinato de un camionero, natural de Huelma (Jaén), José María Justicia, ocurrido en la capital aragonesa el de mayo de 2006.

El juicio contra Juan Carlos Arriba se celebró en octubre y el jurado emitió un veredicto de culpabilidad. La Audiencia Provincial le ha condenado al pago de unos 300.000 euros, en concepto de indemnización a la familia de la víctima. Tampoco se podrá acercar a menos de quinientos metros a la esposa, hijas y padres de José María Justicia ni mantener con ellos ningún tipo de comunicación durante 32 años y 6 meses.

El fiscal había solicitado una pena de 22 años por asesinato, con las circunstancias agravantes de alevosía y ensañamiento; la acusación particular 22 años y 6 meses de cárcel, mientras que la defensa había pedido la absolución de su representado.

En la madrugada del día 21 de mayo de 2006, José María Justicia y un compañero suyo caminaban por la zaragozana calle de San Vicente Mártir, cuando José María Justicia y otro joven que le acompañaba se dirigieron a los primeros con un comentario peyorativo, y tras un breve intercambio de palabras iniciaron una pelea.

Larriba golpeó a Justicia, que cayó al suelo, y el joven le propinó dos patadas en la cabeza y en otras partes del cuerpo. Las patadas, según los hechos probados, causaron la muerte al camionero, quien a pesar de recibir asistencia médica por parte de la UCI de Bomberos falleció antes de llegar a un centro sanitario.

José María Justicia se encontraba, en el momento de los hechos en estado de embriaguez, y no tuvo posibilidad de defenderse. El acusado, conforme indica la sentencia, "si no tenía la intención de causar la muerte" a Justicia, "al menos era probable que la muerte se produjera ante la contundencia de los golpes dados".

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