Fiscalía apoya recusar a la juez de Mercasevilla por el trabajo de su marido en la empresa

La recusación sólo afecta a la investigación por presunto delito societario contra Mellet, Ponce y Giraldo

La Fiscalía de Sevilla ha acordado apoyar la causa de recusación presentada contra la juez que investiga las presuntas irregularidades en Mercasevilla, Mercedes Alaya, al considerar que "es innegable la relación del contenido objetivo de la investigación que ahora se inicia con la actividad profesional desplegada" por su marido hasta el mes de septiembre de 2002 en la citada empresa y estimar que "ello puede tener influencia en la debida imparcialidad de la instructora", aunque esta recusación sólo afectaría a la investigación por presunto delito societario. Todo ello se produce a pesar de que, en un primer momento, la Fiscalía dijo que "no veía motivo" para la recusación.

En este sentido, conviene recordar que la representación jurídica de la ex responsable del área económico-financiera de Mercasevilla Pilar Giraldo, imputada por las presuntas irregularidades cometidas en el merca, presentó un escrito en el que solicitaba la recusación de la juez instructora, ya que su marido fue el auditor de la sociedad mixta hasta que la empresa decidió prescindir de sus servicios en verano de 2002, "lo que podría determinar que, aún sin su intención, pudiera haber perdido la imparcialidad en su actuar", llegando a tener "un interés directo o indirecto" en la causa.

Pues bien, el departamento que dirige María José Segarra presentó este miércoles un escrito en el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que recuerda que la defensa de Giraldo considera que la juez Alaya "ha retrotraído el periodo de investigación hasta el mes de septiembre de 2002, cuando su marido dejó de trabajar en Mercasevilla en el primer semestre de 2002", reiterando la defensa de Giraldo que "el conocimiento que de los hechos investigados pueda tener el cónyuge y su trasmisión a la misma extraprocesalmente afectaría a su imparcialidad".

El fiscal se refiere al auto dictado por la juez instructora el 13 de mayo de 2010 en el que acordaba reabrir la investigación contra los ex directivos de Mercasevilla Fernando Mellet y Daniel Ponce y contra la propia Giraldo, por los presuntos delitos de malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales, delitos societarios y, en su caso, delito de apropiación indebida. Añade que, de las diligencias ordenadas por la juez, "se deduce con meridiana claridad que la instructora amplía la investigación de los posibles hechos con relevancia penal cometidos, no sólo desde la constitución de la Fundación Asistencial, sino desde la fecha de 4 de septiembre de 2002, al ser éste el momento en que Mellet es nombrado gerente del merca".

En esta línea, considera que "esta ampliación de la investigación, sin entrar en la cuestión de la posible prescripción de aquellos hechos delictivos cometidos más allá de los últimos cinco años, aún cuando formaran parte de un delito continuado, puede tener relevancia en este asunto", agregando que "es innegable la relación del contenido objetivo de la investigación que ahora se inicia con la actividad profesional desplegada por el marido hasta septiembre de 2002 en Mercasevilla, y ello puede tener influencia en la debida imparcialidad de la juez".

El contenido de la investigación afecta "de lleno" a la actividad del marido

No obstante, aclara que esta influencia en su imparcialidad no se debería a que el marido "facilite datos en sesiones de trabajo conjuntas, sino porque el contenido material de la investigación, al menos en lo referente a 2002, afecta de lleno a la actividad profesional del cónyuge de la juez, puesto que va a ser objeto de pericial contable las cuentas y los libros de todo el año 2002, por cuanto no se puede por lógica analizar contable y financieramente un periodo contable de septiembre a diciembre de 2002 sin tener en cuenta todo el año fiscal natural".

"Esto último incluye, ahora sí, un periodo de tiempo en el que el marido de la instructora estaba trabajando en Mercasevilla como auditor y, por tanto, ligado a los criterios de confección y control de las cuentas de la empresa", según prosigue la Fiscalía, que considera que "surgiría aquí de modo claro un interés indirecto en la causa al menos, y en todo caso un evidente conflicto que legitima al proponente para pensar que existe, al fin, un dato objetivo que puede afectar a la imparcialidad, tanto objetiva como subjetiva, de la juez hacia su defendida —Giraldo—, y que pueda afectar, condicionando de modo negativo para sus intereses como defensa, su actuar procesal en las actuaciones".

Por ello, "en atención a este último motivo, y para evitar que recaiga sobre la instructora el más mínimo viso de parcialidad", la Fiscalía se adhiere a la defensa de Giraldo y considera que en el presente caso "concurre la causa de recusación". Ahora, la juez deberá pronunciarse sobre la recusación y, finalmente, será la Audiencia Provincial la que decida.

Rechaza el resto de motivos

La defensa de Giraldo también pidió la recusación de la juez alegando que su marido ejerció labores de auditoría hasta junio de 2002, y que esta relación contractual se rompió por decisión de Mellet al ser éste nombrado gerente del merca, lo que podía dar lugar a una "lógica animadversión" entre ambos, no obstante lo cual la Fiscalía señala que "se carece de dato alguno de la influencia de ese hecho en la conducta presente o futura de la instructora".

También pone de manifiesto el departamento de María José Segarra que "el simple hecho casuístico de que el instructor haya instruido o esté instruyendo otras causas con los mismos imputados" —la venta de los terrenos y las presuntas comisiones ilegales— no es en sí motivo de recusación, tras lo cual se refiere al punto en el que la defensa de Giraldo aludía a la posibilidad de que el marido de la juez le pudiera estar facilitando informaciones de los imputados y de la empresa, pues determinadas diligencias de investigación "son extremadamente técnicas y reflejan un asesoramiento técnico".

El fiscal rechaza este argumento y asevera que la juez Mercedes Alaya "tiene derecho a aumentar y completar sus conocimientos técnico-económicos, aumento que en todo caso debemos dar por cierto habida cuenta del largo periodo de tiempo que lleva ejerciendo como órgano instructor de Sevilla y los innumerables asuntos de índole económica de los que ha conocido durante todos estos años".

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