Absuelto un policía nacional acusado de aceptar sobornos para incumplir una orden judicial

Advierte que los hechos podrían constituir una infracción administrativa y traslada la sentencia a la Dirección General de la Policía

La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un agente del Cuerpo Nacional de Policía, identificado como E.G.L., para quien la Fiscalía solicitaba hasta cuatro años de cárcel por haber recibido unos 3.000 euros por parte de una trama de estafa inmobiliaria para que no llevara a cabo la investigación judicial que tenía encomendada, ya que entiende que "no ha quedado probado" que el agente dejara de practicar la detención de una imputada incumpliendo con ello una orden judicial. Además, absuelve también al matrimonio encartado dentro de estas diligencias.

El Ministerio Público pedía para el acusado cuatro años de prisión por los presuntos delitos de cohecho y omisión del deber de perseguir delitos, no obstante lo cual la Sección Séptima de la Audiencia Provincial absuelve al agente al entender que "no hay base suficiente para entender plena y contundentemente demostrado que el imputado procediera intencionadamente, con la finalidad de impedir la persecución de la inculpada por su participación en los hechos delictivos, a no practicar la detención ordenada judicialmente".

En la sentencia, consultada por Europa Press, la Sala señala que el agente era miembro en septiembre de 2007 del Grupo de Delincuencia Económica y Financiera de la Brigada de Policía Judicial, unas fechas en las que el Juzgado de Instrucción número 6 tramitaba unas diligencias por delitos continuados de estafa y falsedad en documento oficial contra M.V.S. y M.C.V.. Así, el 28 de septiembre de 2007 se dictó un auto que decretaba la detención de M.V.S. y se libró un oficio a este respecto al grupo del agente encartado para que consumara la detención.

De este modo, la sentencia añade que a lo largo de la tramitación del caso y al menos hasta el verano de 2008, el agente acusado "informó en muchas ocasiones" al matrimonio imputado del progreso de las diligencias policiales practicadas, "proporcionándoles, por ejemplo, datos de lo declarado por otros implicados", e incluso en una ocasión, "y ante la sospecha del matrimonio de que podía estar acordada la detención de M.V.S., su pareja contactó telefónicamente con al agente, obteniendo la información de que no era así".

Dos supuestos pagos

Al hilo de ello, y tras recordar que el policía nacional fue suspendido de empleo y sueldo el 8 de agosto de 2008, la Audiencia recuerda que fue la declaración de M.V.S., cuando dijo que su marido había efectuado al agente dos pagos —uno de 1.000 euros y otro de entre 1.000 y 2.000 euros— para favorecerla, lo que "sirvió de fundamento a la acusación formulada contra todos ellos". A este respecto, la Sala asevera que los dos acusados "han negado en todo momento esos cobros/pagos, o que solicitare el agente dádiva alguna con el pretexto de su actuación profesional en las investigaciones en marcha respecto a la mujer".

En esta línea, y respecto al delito de omisión del deber de perseguir delitos que la Fiscalía imputaba al policía nacional, la Audiencia Provincial señala que, aunque "suministró información sobre los progresos de las actuaciones policiales a los otros dos acusados en cuanto podía interesar a M.V.S., no se constata que de la conducta del agente se derivase daño para la causa pública", aunque advierte de que estos hechos podrían constituir una infracción administrativa y, por ello, pone la sentencia en conocimiento de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento