Anulada la resolución de Educación que establecía un número mínimo de alumnos para estudiar asturiano

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, con fecha diecisiete de septiembre de 2010, ha fallado a favor de la demanda interpuesta por los servicios jurídicos de CCOO contra la Resolución de 16 de mayo de 2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establecía la oferta y las condiciones para la elección de materias optativas y materias opcionales para la Educación Secundaria Obligatoria.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, con fecha diecisiete de septiembre de 2010, ha fallado a favor de la demanda interpuesta por los servicios jurídicos de CCOO contra la Resolución de 16 de mayo de 2008, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establecía la oferta y las condiciones para la elección de materias optativas y materias opcionales para la Educación Secundaria Obligatoria.

El Tribunal estima el recurso interpuesto por CCOO y "declara nulo y sin efectos por ser contraria a Derecho, el artículo 5.1 de la misma", que establecía un número mínimo de ocho alumnos para formar un grupo en la asignatura de Llingua Asturiana en la Educación Secundaria.

Según ha informado CCOO, se trata de una "reclamación histórica" para garantizar el derecho a cursar la asignatura de forma voluntaria, sin depender del número de alumnado que lo solicite.

La Sala entiende que la Administración, al establecer un número mínimo para formar un grupo, se desliga de la obligación que le impone la Ley 1/1998 de uso y promoción del bable/asturiano, de garantizar su enseñanza en todos los niveles y grados, con independencia del número de alumnos que opten.

La sentencia también deja claro que, en este caso, por doctrina del Tribunal Supremo, no se puede desoír el mandato legal del artículo 10.1 de la Ley 1/1998 con base a razones presupuestarias, ya que la Administración lo debería haber motivado y justificado.

CCOO valora aplaude esta sentencia y dice que es "la primera" en la que los tribunales estiman una demanda sobre la Lengua asturiana. "Por tanto, se constituye en todo un referente en el camino hacia la normalización lingüística y en el respeto a nuestra cultura", han manifestado.

Así, el sindicato exige cumplimiento "inmediato" de la sentencia. "En todos aquellos institutos que haya alumnado derivado a otra materias por no cumplir con el requisito del número mínimo de alumnos, se debe garantizar la enseñanza del bable/asturiano dentro del derecho fundamental de los padres a elegir su enseñanza, como componente del derecho fundamental a la educación, en ejecución de sentencia", han manifestado.

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