Una sentencia del TJSEx confirma el fallo que obliga a Cruz Roja a indemnizar a una empleada por despido "improcedente"

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), dictada el pasado 7 de octubre, confirma el fallo de un juzgado de lo Social de Cáceres que obligaba a Cruz Roja a readmitir o a indemnizar con 8.197 euros a una trabajadora a la que despidió de forma "improcedente".

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), dictada el pasado 7 de octubre, confirma el fallo de un juzgado de lo Social de Cáceres que obligaba a Cruz Roja a readmitir o a indemnizar con 8.197 euros a una trabajadora a la que despidió de forma "improcedente".

El abogado de esta empleada, Juan Luis Picado, ha informado en nota de prensa de que se ha dictado tal sentencia del TSJEx, el cual "ha puesto coto" a "tan lamentable práctica", señala el letrado.

Según indica Picado, con la sentencia del Tribunal de Justicia de Extremadura, "se confirma" la dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres mediante sentencia de fecha 7 de abril de 2010, "declarando improcedente el despido de la trabajadora y condenando a Cruz Roja a que, a su elección, la readmita o la indemnice con la cantidad de 8.197 euros".

Cabe recordar que la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres recogía que Cruz Roja contrató a M.T.L al amparo de un convenio entre la organización y la Junta de Extremadura denominado 'Plan de conciliación de la vida familiar y laboral. Programa para la contratación de personal para la atención a personas con demencia avanzada o gran dependencia para las actividades de la vida diaria'.

El abogado de la trabajadora asegura en su nota que el contrato era "de duración determinada a tiempo completo para obra o servicio determinado", si bien Cruz Roja, "a sabiendas de que la obra o servicio no había finalizado, comunicó a la trabajadora que el convenio económico con la Administración había finalizado, lo que provocaba la extinción de su contrato, sin indemnización alguna", añade.

Juan Luis Picado afirma que "hay decenas de trabajadores en Extremadura que han prestado servicios para Cruz Roja contratados en idénticas condiciones que ella y en similares circunstancias, y que han sido despedidos sin indemnización". Sin embargo, añade, "hay otros muchos que, contratados dentro del marco de citado convenio económico asistencial, permanecen y continúan trabajando en la institución realizando las mismas labores".

El letrado sostiene que "en estos casos es donde se aprecia con mayor claridad la justicia material, pues además de proteger los derechos laborales y económicos del trabajador, se protege la estabilidad social del empleo al frenar este tipo de practicas abusivas e ilegales y que, ahora, en la actual coyuntura de destrucción de empleo, tienen especial y mayor relevancia".

"Lo lamentable es que estos hechos, al parecer practica habitual en cruz roja durante la vigencia del plan concilia, se lleven a cabo por una entidad del prestigio social de Cruz Roja", concluye la nota.

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