Impugnado el fallo que niega la subida salarial de la construcción y Gaesco se opone al recurso

La unión provincial de CCOO ha formalizado ya, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), un recurso de súplica contra la sentencia del Juzgado de lo Social número seis que había desestimado la demanda promovida en 2009 por CCOO y UGT contra la "negativa" de la patronal a aplicar, por lo que a aquel año se refiere, una subida salarial del 3,5 por ciento merced al convenio estatal del sector de la construcción vigente entre 2007 y 2011. La Asociación Empresarial Sevillana de Constructores y Promotores de Obras (Gaesco), de su lado, se ha opuesto ya a dicho recurso de súplica.
Grúas en construcción
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Grúas en construcción

La unión provincial de CCOO ha formalizado ya, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), un recurso de súplica contra la sentencia del Juzgado de lo Social número seis que había desestimado la demanda promovida en 2009 por CCOO y UGT contra la "negativa" de la patronal a aplicar, por lo que a aquel año se refiere, una subida salarial del 3,5 por ciento merced al convenio estatal del sector de la construcción vigente entre 2007 y 2011. La Asociación Empresarial Sevillana de Constructores y Promotores de Obras (Gaesco), de su lado, se ha opuesto ya a dicho recurso de súplica.

El gerente de Gaesco, Manuel Sillero, ha informado a Europa Press de que, tal y como habían anunciado las uniones provinciales de ambos sindicatos, al menos CCOO ha formalizado ya ante el Alto tribunal andaluz un recurso de súplica contra el mencionado fallo, que resolvía contra la demanda formulada en agosto de 2009 por CCOO y UGT contra la negativa de la patronal de la construcción a aplicar un incremento salarial del 3,5 por ciento según el convenio del sector de la construcción vigente entre 2007 y 2011.

La demanda en cuestión, promovida por el Sindicato Provincial de Construcción, Madera y Afines de CCOO de Sevilla (Fecoma-CCOO), junto con la Federación de Metal, Construcciones y Afines (MCA) de UGT- Sevilla, esgrimía el convenio general del sector de la construcción, con vigencia entre 2007 y 2011, y entendía que a los trabajadores adheridos a él les correspondía en 2009 un incremento salarial del 3,5 por ciento, dos de cuyos puntos porcentuales corresponden a la subida del Índice de Precios al Consumo (IPC).

Sillero ha señalado que igualmente ante el TSJA, Gaesco se ha opuesto a este recurso de súplica alegando que el citado convenio general, de ámbito estatal, contempla como "propuestas o sugerencias", pero no como "imposiciones", los incrementos salariales recogidos en el texto, aspecto que "no constituye una materia reservada a la negociación nacional" según la interpretación de Gaesco. A tal efecto, Manuel Sillero ha defendido que este convenio general del sector de la construcción 2007-2011, estipula que "las materias no reservadas a la negociación nacional constituyen sólo propuestas, guías o sugerencias. Nos acogemos al propio convenio".

Manuel Sillero ya había recordado que la sentencia del Juzgado de lo Social número seis "invita" a los agentes en liza a "alcanzar un acuerdo respecto al incremento del IPC y ajustarlo al difícil momento económico en el que se encuadran las empresas del sector". "Persistir en la vía judicial equivale a entorpecer el trabajo de la mesa de negociación, que es donde deben alcanzarse los acuerdos, además de paralizar nuevamente la actualización de los salarios a la que tienen derecho los trabajadores del sector", había advertido Sillero.

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