Hosteleros de Pinedo y El Saler demandan ante el TSJCV a la Dirección de Costas al limitar las terrazas

Los restaurantes de primera línea de playa de Pinedo y El Saler (Valencia) afectados por la aplicación de la Ley de Costas han presentado este martes la primera demanda ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) contra la resolución del 13 de noviembre de la Dirección General de Costas, dependiente del Ministerio de Medio Rural y Marino (MARM), de limitar la superficie de las terrazas de estos restaurantes.

Los restaurantes de primera línea de playa de Pinedo y El Saler (Valencia) afectados por la aplicación de la Ley de Costas han presentado este martes la primera demanda ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) contra la resolución del 13 de noviembre de la Dirección General de Costas, dependiente del Ministerio de Medio Rural y Marino (MARM), de limitar la superficie de las terrazas de estos restaurantes.

Según ha explicado a Europa Press el representante legal de esos hosteleros, Javier Campomanes, este martes se ha interpuesto la primera demanda, que corresponde al restaurante 'El Velero' y a lo largo de la semana que viene se presentarán las demandas de los otros siete establecimientos afectados.

La demanda, ha comentado Campomanes, se ha dirigido al TSJCV para se pronuncie "sobre la legalidad o ilegalidad de las resoluciones del año 2009 por las que se derogaba las solicitudes de autorización de los 150 metros para destino de terraza y excepcionalmente se concedía 50 metros".

Los argumentos jurídicos expuestos por los hosteleros apuntan a, en primer lugar, que las directrices en las que se ha basado Costas "no están en el expediente administrativo remitido al TSJCV". En segundo lugar, que "una directriz no puede variar la interpretación de la norma que se seguía hasta 2007".

Asimismo, han expuesto que el artículo 65 del Reglamento de Costas, que limita los metros de terrazas, "es aplicable únicamente a los restaurantes que se encuentran en la arena". Por último, alegan como motivo en la demanda "la falta de motivación de la resolución y la actitud discrecional por parte de la Dirección General de Costas".

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