Supremo vuelve a revocar una sentencia del TSJA contraria a la actuación de la Junta con el aceite de orujo

El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a revocar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la cual dictaminaba en contra de la actuaciones que realizaba la Administración andaluza durante la inmovilización del aceite de orujo decretada en 2001, como consecuencia de la alerta alimentaria elevada en aquella fecha tras la detección de benzopireno en dichos aceites.

El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a revocar una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la cual dictaminaba en contra de la actuaciones que realizaba la Administración andaluza durante la inmovilización del aceite de orujo decretada en 2001, como consecuencia de la alerta alimentaria elevada en aquella fecha tras la detección de benzopireno en dichos aceites.

Con esta nueva sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso Europa Press, son ya cuatro los fallos favorables que obligan a varias empresas del sector a devolver más de 6,5 millones de euros a la Administración andaluza.

De esta forma, el Supremo vuelve a revocar la decisión del Alto Tribunal andaluz, que obligaba al Gobierno autonómico a indemnizar con varios millones de euros a distintas empresas que en su momento exigieron compensaciones por las consecuencias de esa inmovilización de aceite y su retirada del mercado.

En este nuevo fallo también se desestima el recurso contencioso-administrativo de reclamación patrimonial que, en este caso concreto, presentó la empresa 'Aceite Monterreal, S.A.' y por el cual la Administración debía indemnizar con 277.879 euros.

De hecho, la resolución del Supremo, contra la que no cabe apelación, se apoya en los dictámenes que ya ha ido dando sobre este mismo caso, en el sentido de que "no existe responsabilidad patrimonial de la administraciones públicas que obligara a éstas a su indemnización.

Además, se apoya en la doctrina que recoge la Ley General de Sanidad para este tipo de casos de inmovilización de productos que pueden dañar la salud de las personas.

La inmovilización y retirada del aceite se produjo tras la alerta alimentaria decretada por la entonces ministra de Sanidad, Celia Villalobos, el 31 de julio de 2001. La Junta de Andalucía, en cumplimiento del dictamen del Gobierno central, procedió así a la inmovilización de aceite de orujo, decisión que fue denunciada por las empresas afectadas, que exigieron compensaciones económicas por las repercusiones de tal actuación.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dio la razón a las empresas y el Gobierno andaluz tuvo que indemnizarlas por daños y perjuicios. Posteriormente, la Junta presentó varios recursos ante el Tribunal Supremo, que ahora están dando la razón a la Junta y obliga a las empresas a reintegrarle esas compensaciones.

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