Condenado a 6 meses por construir una planta de hormigonado en suelo no urbanizable de Las Cabezas

El Juzgado de lo Penal número 7 de Sevilla ha condenado a un hombre, identificado como J.A.B., por construir una nave con pilares metálicos a fin de instalar una planta de hormigonado y prefabricados de hormigón en suelo no urbanizable de la localidad sevillana de Las Cabezas de San Juan, ordenando además la demolición de lo construido a costa del acusado.

El Juzgado de lo Penal número 7 de Sevilla ha condenado a un hombre, identificado como J.A.B., por construir una nave con pilares metálicos a fin de instalar una planta de hormigonado y prefabricados de hormigón en suelo no urbanizable de la localidad sevillana de Las Cabezas de San Juan, ordenando además la demolición de lo construido a costa del acusado.

Según relata la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el imputado y su esposa adquirieron una parcela en el municipio a fin de instalar una planta de hormigonado, "sabiendo que la finca tenía la consideración urbanística de suelo no urbanizable", aunque el encartado "consideró, por lo que le habían informado en el Ayuntamiento, que se le daría la licencia".

De este modo, y con la finalidad de instalar esta planta, solicitaron en 2005 del Ayuntamiento que se declarase la utilidad pública o interés social de las obras previa a la solicitud de la licencia. No obstante, la sentencia aclara que, "sin llegar a obtener tal declaración, que le fue negada finalmente, y sin solicitar licencia", comenzaron en mayo de 2005 la construcción de una nave de "grandes" dimensiones en la finca.

Así, relata que instalaron pilares metálicos y cubiertas en suelo no urbanizable "sin cumplir las distancias mínimas con los linderos y la separación de edificaciones", añadiendo que las obras ejecutadas "no eran susceptibles de ser legalizadas y fueron paralizadas por el Ayuntamiento, constando que a fecha de 31 de julio de 2007 había cesado la actividad y se habían desmantelado las instalaciones, depósitos y utensilios para la fabricación del hormigón, estando paralizada la maquinaria".

En este sentido, asevera que "el poner los pilares de hierro para la nave y maquinaria, dispuesto a cumplir una función industrial, es una edificación, pues es una obra fija al suelo y el tipo de material es más que resistente a las inclemencias del tiempo para ser permanente", motivo por el que condena al encartado a seis meses de prisión y al pago de una multa de 2.160 euros por un delito contra la ordenación del territorio, ordenando también la demolición de lo construido a costa del acusado.

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