El Gobierno aprueba la relación de días inhábiles para el año 2011

El Gobierno de La Rioja ha aprobado la relación de días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, para el año 2011, ha informado el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.

El Gobierno de La Rioja ha aprobado la relación de días inhábiles a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, para el año 2011, ha informado el portavoz del Ejecutivo regional, Emilio del Río.

En el calendario laboral del año 2011 serán festivos en La Rioja el 1 de enero, sábado, Año Nuevo; el 6 de enero, jueves, Epifanía del Señor; el 21 de abril, jueves, Jueves Santo; el 22 de abril, viernes, Viernes Santo; y el 25 de abril, lunes, Lunes de Pascua.

También lo serán el 9 junio, jueves, Día de La Rioja; 25 julio, lunes, Santiago Apóstol; 15 agosto, lunes, Asunción de la Virgen; 12 de octubre, miércoles, Fiesta Nacional de España; 1 noviembre, martes, Todos los Santos; 6 diciembre, martes, Día de la Constitución Española; y el 8 diciembre, jueves, Inmaculada Concepción.

Para determinar los doce festivos laborales, la Consejería de Industria, Innovación y Empleo abrió un periodo de consulta con los principales interlocutores sociales: Federación de Empresarios de La Rioja, Cámara Oficial de Comercio e Industria de La Rioja, Unión General de Trabajadores, Unión Sindical Obrera y Comisiones Obreras.

También los ciudadanos tuvieron la oportunidad de opinar y proponer los festivos autonómicos que preferían para el año 2011 a través del portal de participación ciudadana del Gobierno de La Rioja, (www.larioja.org). En concreto, según ha indicado Del Río han participado 226 personas, que votaron masivamente por declarar festivos el 21 de abril, el 25 de abril y el 25 de julio.

A estos doce días, se suman las dos fiestas laborales de carácter local que serán determinadas por resolución de la Dirección General de Trabajo. Industria y Comercio de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, atendiendo las propuestas del Pleno de cada Ayuntamiento. Se publicarán en el Boletín Oficial de La Rioja.

Para la determinación de los festivos locales, los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas a la Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja.

En total, son 14 días al año, tal y como se establece en el Estatuto de los Trabajadores.

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