El Govern confía en aprobar antes de final de año la nueva Ley de Puertos de Baleares

El conseller de Vivienda y Obras Públicas, Jaume Carbonero, ha confiado en que antes de final de año, el Consell de Govern apruebe la nueva Ley de Puertos de Baleares, que supondrá la reforma de la actual normativa que regula estas infraestructuras y que fue aprobada en 2005.

El conseller de Vivienda y Obras Públicas, Jaume Carbonero, ha confiado en que antes de final de año, el Consell de Govern apruebe la nueva Ley de Puertos de Baleares, que supondrá la reforma de la actual normativa que regula estas infraestructuras y que fue aprobada en 2005.

En una rueda de prensa, Carbonero ha revelado que el Ejecutivo autonómico ya ha redactado la nueva Ley de Puertos, por lo que se está informando de su contenido a los distintos organismos afectados, al tiempo que se abrirá un plazo de tres o cuatro meses para que la normativa obtenga el visto bueno del Consell Consultiu y del Consejo Económico y Social.

El Govern aprobará esta normativa, después de que el pasado 21 de julio, el Congreso de los Diputados aprobara de manera definitiva y con el rechazo de CiU, PNV, ERC, ICV y BNG, la Ley del régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general, tras aprobar la única enmienda incorporada por el Senado, una modificación introducida por Coalición Canaria por la que los cabildos insulares conservarán su representatividad en los consejos de administración de las autoridades portuarias.

Concretamente, la ley aprobada en la Cámara Baja mantiene una "estructura única" para las tasas portuarias con "bonificaciones regladas" y un coeficiente corrector para cada puerto, "de carácter potestativo".

Éste estará basado en indicadores financieros asociados a la eficiencia de gestión y rentabilidad de cada puerto con el objeto de que quede garantizada la autosuficiencia económica, la leal competencia entre puertos y el menor coste para el usuario.

Con respecto a la estiba, el modelo de gestión será único a través de sociedades mercantiles privadas, con capacidad de supervisión por parte de las Autoridades Portuarias para evitar distorsiones en su funcionamiento que afecten a la leal competencia entre los prestadores del servicio.

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