El Ministerio de Justicia abona a Carmen Espejo 10.000 euros por la "tardanza" del procedimiento

El Ministerio de Justicia ha abonado un total de 10.000 euros a Carmen Espejo, la madre a quien le fue retirada la custodia de sus dos hijas en el año 2000 y que no pudo recuperarla hasta 2006, todo ello debido a la "tardanza" en el procedimiento judicial, que llevó a que estuviera alejada de sus hijos por espacio de seis años.

Según explicó a Europa Press el abogado de Carmen Espejo, Enrique Carrasquilla, fue el Consejo de Estado el que admitió la reclamación de la afectada, tras lo cual el Ministerio de Justicia aceptó el dictamen —hay que recordar que el Consejo de estado es un órgano consultivo pero no vinculante—, iniciando el procedimiento que ha culminado con el abono a Espejo de los 10.000 euros estipulados.

En este sentido, Carrasquilla explicó que, en un primer momento, concretamente el día 18 de septiembre de 2008, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) rechazó la reclamación del letrado de la afectada, que por ello formuló nuevas alegaciones que fueron igualmente rechazadas por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, tras lo que el caso se remitió al Consejo de Estado.

Así, fue el 16 de julio del pasado año 2009 cuando el Consejo de Estado emitió un dictamen favorable a la reclamación de Carmen Espejo, al considerar que los seis años de "retraso" en el procedimiento han originado un perjuicio "indemnizable" a esta madre, un dictamen que posteriormente ha sido acatado por el departamento de Francisco Caamaño.

Hay que recordar que la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía ya abonó a Carmen Espejo los 140.000 euros que fueron estipulados mediante sentencia por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en concepto de daños y perjuicios.

Fue el pasado mes de septiembre cuando el departamento que dirige Micaela Navarro abonó a Carmen Espejo y a su familia estos 140.000 euros, cumpliendo así con la sentencia emitida por el TSJA, que posteriormente fue recurrida en casación por el letrado de la afectada ante el Tribunal Supremo (TS).

Carrasquilla ya argumentó que la sentencia —que establecía que la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social indemnice con 40.000 euros a Carmen Espejo y a cada una de sus hijas, y con 20.000 euros a la abuela— "omite toda base de cuantificación de la indemnización", al tiempo que consideró que la indemnización establecida "es desproporcionadamente baja, irracional, arbitraria e ilógica".

Asimismo, argumentó que el recurso presentado "no va formalmente encaminado a obtener un mayor quantum indemnizatorio, pues la fijación de cantidades por estos conceptos es competencia exclusiva y soberana del tribunal de instancia", sino que, en el caso de que prosperen "nuestras alegaciones y el Supremo estime el recurso, en ese caso sí tendría que entrar en el fondo de la cuestión, reexaminar los hechos y sus circunstancias y, con ello, sería posible una revisión de la cantidad fijada en el fallo del TSJA".

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