Prisión para un hombre con ligero retraso mental que cobró 162.000 ? de una mutua falsificando documentos

El engaño fue descubierto cuando también falsificó un documento para beneficiarse de la prestación por fallecimiento de un familiar

La sección primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a tres años y seis meses de prisión a un hombre de 34 años de edad, que padece un retraso mental ligero, y que, falsificando unos documentos, logró cobrar de una mutua la cantidad de 162.000 euros.

El procesado, Francisco L.L, también falsificó otro documento para aparecer como beneficiario de la prestación por fallecimiento de un tío suyo, mutualista de la misma entidad, si bien en este caso la Mutua detectó la falsedad del mismo.

Según considera probado la sentencia, el imputado ingresó el 1 de octubre del año 2001 en la Mutualidad General de Previsión del Hogar Divina Pastora. Años más tarde, en concreto, el 31 de mayo de 2006, tramitó antre dicha mutua la incapacidad total derivada de accidente.

Para ello, presentó un informe propuesta del INSS de la Dirección General de Cantabria, de fecha 30 de mayo de dicho año, que en realidad era una alteración de un original de la misma fecha, en el que había surpimido la referencia a la naturaleza de la contingencia (enfermedad común) y a la fecha de la baja por incapacidad (26 de septiembre de 2005).

Con este documento, el imputado obtuvo de la Mutualidad General una prestación de 31.500 euros que no hubiera percibido de presentar la resolución original del INSS.

Poco después, el 20 de julio del mismo año (2006), el acusado tramitó ante la misma mutua la prestación por incapacidad total para toda profesión derivada de accidente. Para ello, y usando como soporte la resolución del INSS del 31 de mayo, que lo que le reconocía era la incapacidad permanente total para la profesión habitual, elaboró un documento de igual fecha, en el que sustituyó el grado de 'incapacidad total para profesión habitual', por el de 'absoluta para todo tipo de trabajo'.

Ello motivó que percibiera de la Mutualidad la cantidad de 130.500,40 euros, que no le hubieran sido concedidos con el grado de minusvalía que en realidad tenía.

Finalmente, el procesado, conociendo que un tío suyo, mutualista de la misma mutua que él, había fallecido, presentó el 14 de agosto de 2008, un documento en el que se le reconocía por dicho familiar la calidad de beneficiario de la prestación por fallecimiento.

Dicho documento era igualmente falso, ya que no fue su difunto tío quien lo redactó, sino el propio acusado con la intención de obtener la prestación, que esta vez no le fue concedida al detectar la Mutualidad la falsedad de la designación.

Según la sentencia, el acusado presenta un ligero restraso mental que limita levemente su capacidad intelectiva y volitiva. Por ello aplica en el fallo esa atenuante y le condena a la pena de tres años y seis meses de prisión, como autor de un delito continuado de falsedad en documento oficial y privado, en concurso con un delito de estafa continuada.

Además le impone el pago de un multa de diez meses, con cuota diaria de 7 euros (2.100 euros), así como una indemnización, en favor la mutua a la que estafó, de 162.000,45 euros, más intereses legales, además de abonar las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

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