PP y PA en el CAA critican el voto "incompatible" de la consejera Cristina Cruces en el pleno y dudan de su legalidad

Los miembros del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) a propuesta del PP-A, Carlos de Barco y Carmen Iglesias, y del PA, José María Arenzana, acusaron este sábado a la también consejera Cristina Cruces (PSOE-A) de "haber incurrido de manera manifiesta en causa de incompatibilidad" al participar en el pleno del CAA del pasado jueves, habiendo sido nombrada el 5 de julio miembro del Consejo Asesor de la Agencia Andaluza para el Desarrollo del Flamenco.

Además, estos tres consejeros han registrado en el Audiovisual un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que advierten de la legalidad del citado pleno y de "todos y cada uno de los puntos incluidos en su orden del día por considerar que ha sido convocada y ha participado en la sesión plenaria una persona que en la actualidad no forma parte del Consejo Audiovisual", en referencia a Cruces.

Para PP y PA, que Cruces forme ahora parte del Consejo Asesor del Flamenco significa que ha cesado "automáticamente de su cargo de consejera en el Audiovisual a todos los efectos", por lo que entendieron que "todos los acuerdos adoptados en esta sesión plenaria contienen vicios de legalidad que los hacen susceptibles de ser impugnados o puede que incluso nulos de pleno derecho, al haber sido adoptados prescindiendo de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados".

Según estos consejeros, varios artículos de la Ley de Creación del CAA especifican que los consejeros "tienen dedicación exclusiva" y que "la condición de miembro del CAA es, asimismo, incompatible con el ejercicio de cualquier cargo de elección o designación política".

Por ello, el nombramiento por tres años de Cristina Cruces Roldán como miembro del Consejo Asesor de Flamenco es, a su juicio, "un nombramiento político incompatible con la condición de miembro del CAA ante el que no caben excusas como las de Plata de que ha hecho consultas telefónicas a expertos y le han dicho que es perfectamente compatible".

Asimismo, los firmantes del mencionado escrito quisieron advertir "de la vulneración que se podría estar produciendo del artículo 402 del Código Penal que tipifica como delito la actuación de quien ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial", así como de las "responsabilidades penales que pudieran derivarse en su caso de esta actuación, tanto de la consejera como de la Presidencia del CAA, a quien corresponde asegurar el cumplimiento de las leyes en el seno del órgano colegiado".

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