La defensa del hombre alcanzado por una farola acusa a la aseguradora de actuar de manera "torticera"

Las partes discuten sobre si se trata de un hecho de la circulación, como defiende Fiscalía, o de explotación industrial, como asegura Helvetia El acusado se enfrenta a dos años de cárcel e indemnizaciones por valor de más de un millón de euros

Las partes discuten sobre si se trata de un hecho de la circulación, como defiende Fiscalía, o de explotación industrial, como asegura Helvetia El acusado se enfrenta a dos años de cárcel e indemnizaciones por valor de más de un millón de euros

El abogado del hombre al que le fue amputada parcialmente la pierna derecha tras ser alcanzado en 2006 por una farola derribada por un camión de obra en el centro de Oviedo ha acusado este miércoles a la compañía aseguradora del vehículo de actuar de manera "torticera" queriendo "quitarse de en medio" mediante la consignación de una cantidad en 2008. Ante el tribunal recordó que la situación de su defendido es "física y psíquicamente desastrosa" y aseguró que "cada día es más dependiente".

El juicio quedó visto para sentencia en la Sala de lo Penal número 3 de Oviedo con la práctica de las pruebas periciales y las conclusiones de las partes.

En el turno de fijación de posiciones, el fiscal habló de una maniobra "complicada" de marcha atrás en la que no hubo dolo, pero sí "imprudencia grave, porque la previsibilidad del resultado era alta". Asímismo, concluyó que de acuerdo a la legislación los hechos "son propios de la circulación y no de la labor industrial de bombeo de hormigón".

El representante legal de Helvetia Previsión, aseguradora del camión autobomba, se defendió alegando que la compañía siempre entendió que el límite de 306.000 euros que estipula la póliza para hechos de explotación industrial "era suficiente para cubrir las lesiones del perjudicado"."Jamás he actuado con mala fe ni ánimo de perjudicar a nadie; en ese caso pido las consiguientes disculpas", apuntó.

En lo relativo a la tipología de los hechos, manifestó que "es evidente que se trata de un vehículo industrial que se utiliza de forma diferente a un turismo, que trabajaba en una zona acotada de cuarenta metros cuadrados". Por otra parte, rehusó abonar el coste de un nuevo utilitario para el afectado, aunque sí el importe correspondiente a la adaptación de su vehículo habitual, y el precio de la farola dado que "no ha sido repuesta".

Por su parte, médicos asistenciales y forenses coincidieron al señalar que la situación del paciente es "muy complicada" ya que "le falta una pierna y la otra es un desastre y sigue con tratamiento psiquiátrico". Uno de ellos dijo que la medicación hace discutible la conveniencia de que se le mantenga el carné de conducir y otro pronosticó que "la dependencia psicológica será cada vez mayor y físicamente el deterioro se acrecenterá con la edad".

Tanto la fiscal delegada de Tráfico de Asturias, Adoración Peñín, como la acusación particular solicitan para él dos años de cárcel e indemnizaciones similares por valor de más de un millón de euros. Se le acusa de un delito de imprudencia grave con resultado de lesiones por el que el Ministerio Público pide, además, que se le prive del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante tres años.

Los hechos

El accidente se produjo sobre las 9.45 horas del 5 de mayo de 2006 en la calle San Francisco, donde el acusado realizaba labores de hormigonado a bordo de un camión autobomba en las inmediaciones de una obra que la empresa Entorno Asturiano realizaba a la altura de los números 17-19.

Según el escrito de la fiscal, el imputado realizó una maniobra de marcha atrás manipulando los brazos hidráulicos del vehículo "sin la más mínima precaución" y en una calle peatonal "enormemente transitada". Estima que el conductor no adoptó la más mínima medida de advertencia ni de seguridad y golpeó una farola de alumbrado público que cayó sobre el peatón J.A.A., que "no pudo hacer nada para evitar el golpe"

En el texto se señala que la empresa promotora de la obra tenía autorización municipal para cortar el tráfico y estacionar el camión, con la condición de delimitar la zona de trabajo con vallas de seguridad. Además, en dicha autorización se les advertía de que los camiones no podían realizar maniobras sobre la calle fuera de la obra.

El Ministerio Público indica que en el momento de las obras el vehículo estaba realizando maniobras fuera del lugar señalizado y la farola se encontraba en la acera opuesta a la que estaba delimitada.

La maniobra provocó daños materiales en la farola, cuya reparación ascendió a 3.288 euros, sufragados por la empresa Electricidad Llano, adjudicataria del servicio de mantenimiento y conservación del alumbrado público.

Además de los dos años de cárcel y la privación del derecho a conducir vehículos de motor durante tres años, la fiscal condena al acusado a indemnizar al peatón con 791.668 euros; a la empresa Electricidad Llano con 3.288 euros; a la entidad Ibermutuatur en 76.302 euros; y a la esposa de la víctima con 131.046 euros por los perjuicios morales ocasionados.

De estas cantidades responderán como responsables civiles directos y solidarios, la compañía de seguros Helvetia Previsión, la compañía de seguros Mapfre y el Banco Santander Central Hispano hasta un límite de 20.776 euros. En caso de insolvencia de éstos, responderán como responsables civiles subsidiarios de forma conjunta y solidaria la empresa General de Bombeo de Hormigón y la empresa Entorno Asturiano.

De acuerdo al relato de los hechos de la Fiscalía, el peatón sufrió lesiones en ambas piernas con amputación de la derecha a la altura de la rodilla y diversas fracturas en la pierna izquierda, por las que tuvo que estar 194 días hospitalizado. Además, precisó de tratamiento quirúrgico y rehabilitador y sufre diversas secuelas, como un trastorno ansioso-depresivo. Los desajustes de la prótesis le impiden periodos largos de deambulación y le obligan a utilizar silla de ruedas.

Su situación física le obliga a depender de forma permanente de una tercera persona de apoyo e hizo necesario que adaptase su vivienda y su vehículo a su nueva condición física. La Seguridad Social le reconoció una situación de "incapacidad laboral permanente con gran invalidez".

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