Fuentes del caso informaron a Europa Press de que el juzgado ha condenado a estos 64 militantes a pagar una multa de dos euros diarios durante un mes por una falta del artículo 635 del Código Penal, que castiga a aquellas personas que "se mantuviere contra la voluntad de su titular, fuera de las horas de apertura, en el domicilio de una persona jurídica pública o privada, despacho profesional, oficina, establecimiento mercantil o local abierto al público".
Hay que reseñar que la sentencia se adecua exactamente a lo solicitado en su día por el Ministerio Público, mientras que la acusación particular ejercida por 'Asociafruit' pedía para cada acusado un total de 1.200 euros de multa por daños, coacciones y la ocupación de la finca sin el consentimiento de su propietario.
En concreto, 'Asociafruit' solicitaba para cada acusado 600 euros de multa por una falta del artículo 635; 200 euros por cada una de las dos faltas de coacciones, y 200 euros por una falta de daños, ya que entiende que los jornaleros ocuparon la sede, rompieron una persiana y coaccionaron al gerente. Asimismo, la defensa de los jornaleros pidió su libre absolución.
El juicio se celebró el pasado día 8 de junio en el salón de plenos de la Audiencia Provincial de Sevilla debido a la falta de espacio para acoger a todos los acusados que presenta el Juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla, que es el que instruye el procedimiento.
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