Ayuntamiento deberá pagar 3,2 millones a la familia Cotino tras abonar con 5 años de retraso una expropiación

El Ayuntamiento de Valencia deberá pagar 3.207.932 euros a la familia del vicepresidente tercero del Consell, Juan Cotino, al haberse retrasado cinco años en el pago de la expropiación de unos terrenos en el Parque de Cabecera, según denunció hoy en un comunicado el grupo municipal socialista.

Al respecto, el portavoz adjunto socialista Juan Ferrer informó de que el Jurado Provincial de Expropiaciones retasó por 3.517.723 euros la parcela de 13.625 metros cuadrados que la familia Cotino poseía en el parque a través de la mercantil Alquería Dolores SL, cuyo administrador único es Vicente Cotino, sobrino del vicepresidente tercero. Esta retasación, agregó, "obliga al Ayuntamiento a pagar 3.207.932 euros más de lo que debería haber abonado si hubiera afrontado el desembolso dentro del plazo máximo de dos años previsto por la ley", lamentó.

Recordó que el consistorio aprobó definitivamente en la sesión plenaria del 24 de julio de 1998 el proyecto de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución del parque de Cabecera, con una superficie en torno a los 300.000 metros cuadrados y dividido en 140 parcelas, con un coste de 7.320.000 euros.

El proyecto se declaró de urgencia para poder ocupar los terrenos, aunque hubiera disconformidad entre lo tasado por el Ayuntamiento y lo reclamado por la propiedad. De esta manera, el Ayuntamiento pagó a cada propietario su valoración de los terrenos de acuerdo con su clasificación como suelo no urbanizable en el PGOU y muchos de los propietarios recurrieron el precio posteriormente ante el Jurado Provincial de Expropiaciones, que fijaba el importe definitivo, teniendo el consistorio que pagar la diferencia entre lo abonado inicialmente y lo establecido en la sentencia.

El proyecto inicial preveía la expropiación de 140 parcelas por 7.320.000. Sin embargo, el Jurado Provincial de Expropiaciones había dictado a finales de 2009 sentencias sobre 70 parcelas, presupuestadas inicialmente en 1.995.335 euros, precio elevado en 7.162.450 euros tras las sentencias. Con ello, el Ayuntamiento ya ha desembolsado 14.482.450 euros por un proyecto que debería haber costado la mitad. A ello hay que añadir, además, los intereses de demora que se generan a partir del tercer mes de impago.

El caso de la expropiación de la familia Cotino, según comentó Ferrer, "es diferente y supone la consecuencia directa de que el Ayuntamiento haya tardado cinco años en pagar la diferencia entre la valoración inicial y la fijada posteriormente por el jurado". Se aplica así el artículo 58 de la Ley de Expropiación Forzosa, que establece la posibilidad de retasación cuando el Ayuntamiento deja transcurrir dos años sin pagar las sentencias del Jurado Provincial de Expropiaciones.

El Ayuntamiento valoró inicialmente la parcela de 13.625 m2 propiedad de la mercantil Alquería Dolores SL por 148.206 euros, que fueron abonados. Después de que la propiedad recurriese el precio, el Jurado Provincial de Expropiaciones fijó el 5 de mayo de 2005 un justiprecio de 687.527 euros. Al no recurrirlo, el Ayuntamiento quedó obligado a abonar los 539.311 euros de diferencia.

El expediente al respecto de la Oficina Técnica de Expropiaciones contiene un informe del 13 de junio de 2005 en el que se dice que el valor que otorga el JPE es excesivo pero que "entendemos que procedería acatar la resolución del mismo para agilizar el procedimiento, puesto que difícilmente se podría obtener una modificación, mediante recurso, del valor fijado, que fue acordado por mayoría de votos de los componentes del Jurado".

El 7 de julio de 2005 los servicios jurídicos municipales informaron de que "la oportunidad de aceptar o recurrir el justiprecio del Jurado viene determinada por una cuestión de hecho, que resulta de la aplicación correcta o no de las normas de valoración, y en especial, del montante de la indemnización que fije. Habiendo informado el arquitecto municipal que el justiprecio fijado es aceptable, procede proponer a la Junta de Gobierno Local consentir el acuerdo dictado. Sin embargo, el equipo de gobierno no aceptó las sugerencias de los técnicos municipales y, según explicó Ferrer, paralizó la tramitación del expediente.

Requerir el pago

La propiedad dejó pasar los dos años que marca la ley para la retasación y hasta el 24 de julio de 2008 no se dirigió al Ayuntamiento para recordar que había requerido el pago "verbalmente" en numerosas ocasiones, y que estaba dispuesta a que el pago se realice de forma fragmentada. Fue entonces cuando el Ayuntamiento impulsó el expediente y solicitó informe económico, que realizó el Servicio de Expropiaciones en fecha 23 de enero de 2009, con propuesta de acuerdo a la Junta de Gobierno Local.

Sin embargo, el 4 de marzo de 2009 la propiedad volvió a recordar que seguía sin cobrar y que se reservaba el derecho a solicitar la retasación. Nuevamente la intervención municipal informó sobre la disponibilidad de crédito, reiterando su informe de febrero el 4 de mayo de 2009.

El 15 de mayo de 2009, la propiedad formalizó la solicitud de retasación al no haber cobrado el importe y pedía un importe de 3.600.710 euros. La Comisión de Urbanismo aceptó la solicitud de retasación el 26 de octubre de 2009 y ofreció a la propiedad un importe de 255.182 euros. Además, el 1 de marzo de 2010 el Ayuntamiento solicitó a la propiedad un número de cuenta para ingresar los 539.311 euros que debería haber pagado en 2005, más 229.520 euros de intereses de demora.

Sin embargo, según explicó Ferrer, "ya era demasiado tarde", pues el Jurado Provincial de Expropiaciones resolvió la retasación el 28 de abril de 2010, fijando un importe de 3.517.723 euros, cinco veces superior a la resolución de 2005 por valor de 687.517 euros, que el Ayuntamiento no abonó en su momento.

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