Los forenses ven "físicamente imposible" que el 'crimen de la maleta' fuera fruto de un simple empujón

Los médicos forenses calificaron de "físicamente imposible" que la muerte en septiembre de 2008 en Valladolid de la joven de 21 años y origen nigeriano Eki María Mayo Johnson fuera accidental fruto de una caída tras recibir un fuerte empujón de su entonces novio, David A.S, y, por contra, dictaminaron que el óbito de la víctima se produjo por un fuerte golpe a la altura de la oreja izquierda producido con un objeto romo.

El informe de autopsia emitido por los dos peritos, durante la tercera jornada del juicio con jurado popular que se sigue en la Audiencia de Valladolid, fue clave para desmontar la versión del procesado, quien hasta el momento ha sostenido que no agredió a la joven Eki María cuando ambos se hallaban en el domicilio de ésta, sito en la calle Manuel Silvela del vallisoletano barrio de Parquesol, sino que se limitó a darle un fuerte empujón y ella, al engancharse en una alfombra con los tacones que llevaba, perdió el equilibrio y se golpeó primero en la cabeza con la pared y luego al caer al suelo.

Sin embargo, los forenses, en declaraciones recogidas por Europa Press, calificaron de "físicamente imposible" tal hipótesis tras advertir de que en caso de supuesta caída o golpeo contra una pared la zona retroauricular izquierda—es la parte que se encuentra tras la oreja—no se habría visto afectada puesto que, anatómicamente, se encuentra protegida por el hombro.

"El mecanismo más probable es que la víctima recibiera un golpe directo muy violento con un objeto romo", insistieron los peritos, quienes descartaron también la posibilidad de que el impacto fuera producto de un puñetazo pues, como así advirtieron, la zona afectada "es el hueso más duro del cuerpo humano y, pese a ello, presentaba una fractura en la unión parieto-occipital" que ocasionó una hemorragia en la base del cerebro y provocó la muerte casi de forma instantánea.

Sentado que la fallecida fue golpeada con un objeto romo, sin aristas, que no pudieron identificar, los peritos explicaron que al efectuar la autopsia al cuerpo de Eki María descubrieron, además de la referida lesión mortal, una contusión malar izquierda, posiblemente la primera que sufrió tras recibir un puñetazo que provocó a la víctima una hemorragia por la nariz, y una tercera inciso-contusa en la región frontal, si bien de ésta última certificaron que era postmorten y probablemente causada cuando el cadáver se hallaba ya dentro de la maleta donde la metió su presunto verdugo.

Durante la prueba pericial forense, las partes personadas pidieron la proyección de distintas diapositivas sobre el cadáver de la joven, no sin que antes el presidente de la Sala advirtiera al público allí presente de la crudeza de las imágenes. Entre los asistentes se encontraba el padre de la fallecida, José Joaquín Johnson, que tuvo que pasar por el duro trance de ver el cuerpo casi ya momificado de su hija a causa del avanzado estado de descomposición en el que se encontraba, y también el propio acusado, aunque éste siguió las explicaciones de los forenses como si se tratara de una simple conferencia.

Además, y respecto de la prueba pericial psiquiátrica practicada, los expertos coincidieron al considerar al acusado como una persona absolutamente normal y, por tanto, imputable plenamente a los efectos de la responsabilidad penal.

También declararon, a través del sistema de videoconferencia, funcionarios del Instituto Nacional de Toxicología, quienes confirmaron que el análisis practicado a un cabello de David A.S. descarta que éste hubiera ingerido drogas en los seis meses anteriores al momento en que se produjo el corte del pelo.

Durante la jornada testificaron también numerosos agentes de la Policía Nacional que participaron tanto en la inspección ocular del domicilio donde se produjeron los hechos como en la extracción del cadáver que el acusado ocultó, dentro de una maleta, en una bodega abandonada de Tariego de Cerrato (Palencia).

"una frialdad absoluta".

Lo más significativo es que todos ellos destacaron la "frialdad absoluta y pasmosa tranquilidad" de la que hizo gala el procesado en Comisaría y en el paraje donde fue hallado el cuerpo sin vida de Eki María. "Estaba como si no le importara nada, sin ningún tipo de arrepentimiento", recordó uno de los agentes, quien añadió que en el trayecto de camino a la bodega David A.S. llegó incluso a dejar caer que si hubiera tenido más tiempo la policía jamás habría encontrado el cuerpo.

Además, funcionarios policiales que realizaron la reconstrucción de los hechos a tenor de las proyecciones de sangre y otros vestigios—uñas postizas, un broche y un pendiente—aparecidos en distintas dependencias del piso descartaron la muerte accidental fruto de un empujón, contrariamente a lo sostenido por el procesado, y apuntaron como "hipótesis más fiable" que la primera agresión, tipo torta o puñetazo, se produjo en el recibidor y que acto seguido la víctima fue golpeada nuevamente "con gran intensidad" en el salón, donde cayó al suelo.

Luego, el acusado arrastró a la joven hasta el servicio y allí la introdujo en la bañera "para tratar de limpiar la sangre que tenía encima".

El juicio entrará mañana en su cuarta jornada. Con carácter provisional, el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado, que consideran que los hechos son constitutivos de un delito de homicidio, solicitan para el encausado penas de 15 y 20 años de cárcel, respectivamente, mientras que los padres de la víctima, personados por separado como acusación particular, entienden que se trata de un asesinato y solicitan entre 25 y 30 años de privación de libertad.

La defensa, por su parte, sostiene que la muerte fue accidental y por ello interesa un fallo absolutorio. Alternativamente, y en caso de condena, solicita una pena de tres años por homicidio imprudente, con la atenuante de drogadicción.

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