Desestimado un recurso del alcalde de Guadalcanal contra la apertura del caso de los reparos

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cazalla de la Sierra (Sevilla) ha desestimado el recurso de reforma promovido por el alcalde de Guadalcanal, Jesús Manuel Martínez (PP), contra la incoación de diligencias previas a cuenta de la denuncia formulada en su contra por el Grupo socialista por la práctica del pago de gastos municipales que carecían de asignación presupuestaria sin que el pleno hubiese debatido antes el alzamiento de los reparos interpuestos por la Intervención a tal libramiento.

En un auto fechado el 26 de marzo y recogido por Europa Press, el mencionado juzgado resuelve la desestimación del recurso de reforma materializado el pasado 30 de noviembre de 2009 por la defensa del primer edil contra el inicio de diligencias previas como consecuencia de la mencionada denuncia del Grupo socialista.

En ese sentido, la juez María del Valle Cortés-Bretón rechaza los argumentos de la defensa y entiende que "de las actuaciones practicadas" en la instrucción se desprenden "indicios más que suficientes" para mantener la investigación ante "la posible comisión de los delitos denunciados". El Ministerio Fiscal, de su lado, había reclamado que se desestimase este recurso de reforma al creer "conforme a derecho" la incoación de las diligencias previas.

La declaración de la secretaria interventora

Ya el pasado 12 de abril, la secretaria del Ayuntamiento de Guadalcanal, Asunción M.O., prestó declaración en calidad de testigo ante la mencionada instancia judicial en el marco de las diligencias incoadas contra el alcalde por la práctica del levantamiento de los reparos de la Intervención municipal al no contar con partidas presupuestarias consignadas a tal efecto.

En su declaración, según el acta recogida por Europa Press, la secretaria interventora advertía de que "no es correcto" el levantamiento de los reparos consumado por el pleno del Ayuntamiento el 16 de noviembre de 2009, porque "el pleno tiene que intervenir con anterioridad al pago" de los gastos aludidos por dichos reparos. A tal efecto, la secretaria ha declarado que "se abonaron varias cantidades antes del levantamiento por el pleno".

En cuanto a las retribuciones del alcalde, Asunción M.O. explicaba ante el juzgado que el Ayuntamiento funcionaba con el presupuesto "prorrogado" de 2007 y "en el mismo existía la partida que se imputa a la nómina del alcalde" y, en junio de 2009, "el crédito de la partida ya estaba agotado, por eso se plantea el reparo". Así, sobre el "sobresueldo" de 1.500 euros del primer edil, alegó la secretaria interventora que "no le consta" que tal "hecho" fuese "objeto de informe y aprobación por el pleno", si bien ha reconocido que "han existido reparos para otros conceptos aparte de la nómina del alcalde".

Igualmente, Asunción M.O. declaró que, desde su ingreso en el Ayuntamiento hasta el pasado mes de enero, "las nóminas del alcalde siempre han llevado reparo", porque "se prorrogaron los presupuestos. De cualquier forma, la secretaria interventora ha señalado ante el juzgado que instruye el caso que "la nómina del alcalde no sigue el procedimiento legal, que sería primero el reparo y después la aprobación en el pleno", aunque "actualmente se sigue este procedimiento desde enero".

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