Condenada una empresa de Mercasevilla a pagar 16.500 euros por impago del suministro eléctrico

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a una empresa ubicada en Mercasevilla a pagar 16.574,71 euros debido a que no abonó el suministro de electricidad derivado de dos contratos convenidos con la parte demandante.

En la sentencia, consultada por Europa Press, la Sección Octava señala que la empresa del merca se opone al pago de este dinero "alegando la extinción del contrato, la falta de consumo de fluido eléctrico, y la no ocupación por ella de los locales en los que estaba contratado el suministro".

En este sentido, la Sala considera acreditado que las facturas corresponden a dos suministros distintos referentes a los locales que la demandada ocupaba en Mercasevilla, y añade que "se ha probado que fue la demandada quien convino con la otra parte esos contratos".

Al hilo, indica que "no está acreditada la obligación de la empresa suministradora de energía eléctrica de rescindir el contrato por falta de pago de todas o alguna de las mensualidades, sino que la falta de pago facilita esa rescisión pero no obliga a la misma", agregando que "tampoco está acreditado que la demandada no ocupara los locales durante todo el tiempo que duró el suministro cuyo importe se reclama".

"La falta de actividad en estos locales no determina ni influye en la obligación de pago de los conceptos establecidos en el contrato, en el que el consumo es solamente uno de ellos", según prosigue la Audiencia Provincial, quien, de esta manera, desestima el recurso interpuesto por la demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 20.

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