Multan a un mosso que pegó a un conductor ebrio cuando no estaba de servicio

  • Ambos han sido condenados por una falta de lesiones, ya que el conductor agarró por el brazo al agente.
  • El mosso pagará una multa de 900 euros y el conductor una de 300 por la agresión y otra de 1.800 euros por conducir ebrio.
  • El conductor paró en un semáforo y el agente, que iba detrás, se bajó de su coche y le pidió que se colocara fuera de la calzada.

La Audiencia de Barcelona ha condenado a una multa de 900 euros a un mosso d'esquadra acusado de dar un puñetazo a un conductor ebrio que circulaba delante de él por la carretera de Cornellà (Barcelona) la noche del 22 de marzo de 2004, cuando se encontraba fuera de servicio.

Así, la sentencia detalla que se condena por una falta de lesiones tanto al agente como al conductor, que también agredió al mosso. Por eso, al automovilista le impone una multa de 300 euros por la agresión y otros 1.800 euros por un delito contra la seguridad del tráfico al circular con un índice de alcoholemia de 0,60 miligramos.

El tribunal cree probado que el conductor, Enrique F., conducía por la carretera de Collblanc de Esplugues de Llobregat con sus capacidades de percepción, reacción y autocontrol mermadas por la ingesta de bebidas alcohólicas.

Circulación irregular

El acusado paró ante un semáforo en rojo delante del coche que conducía el mosso, quien se bajó de su vehículo y pidió a Enrique F. que se colocara fuera de la calzada porque había observado que circulaba irregularmente.

Enrique F. hizo caso omiso de las palabras del agente y siguió circulando hasta que, en el siguiente semáforo, el mosso volvió a acercarse a su coche y giró la llave de contacto para impedir que siguiera circulando.

Ante esa situación, el conductor ebrio agarró fuertemente por el brazo al mosso, desconociendo su condición de agente de la autoridad, y a su vez el policía se revolvió pegándole un puñetazo en la cara.

El mosso consiguió retener al automovilista y avisar a la Policía Local de Esplugues de Llobregat, que le practicó la prueba de alcoholemia y averiguó que presentaba un índice cercano a 0,60 miligramos, más del doble del máximo permitido por la ley.

El hecho de bajar del coche e increpar a alguien que conduce de forma anómala, según la sala, "no es conducta privativa de un ciudadano agente de un cuerpo policial", aunque "por deformación profesional" es más fácil que un mosso tenga esa iniciativa aun cuando se encuentre fuera de servicio.

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