El Reglamento de la Ley de Control Ambiental Integrado de Cantabria entra en vigor hoy

El Reglamento para el desarrollo y aplicación de la Ley de Control Ambiental Integrado de Cantabria entra en vigor hoy, jueves 1 de abril, después de que fuera aprobado a mediados del mes pasado por el Gobierno regional.

El objetivo de este Reglamento es, según una resolución del Ejecutivo autonómico recogida por Europa Press, regular los procedimientos de control de planes, programas, proyectos, instalaciones y actividades susceptibles de incidir en la salud y la seguridad de las personas y sobre el medio ambiente. También servirá para regular la aplicación de las técnicas e instrumentos que integran el sistema de control ambiental integrado.

De esta forma, el Reglamento que desarrolla la Ley de Control Ambiental Integrado (norma que fue aprobada en diciembre de 2006), aclara muchos aspectos que hasta la fecha la Ley dejaba pendiente de desarrollar.

Así, mediante este reglamento se desarrolla detalladamente la tramitación de las técnicas ambientales recogidas en la Ley, en concreto, la autorización ambiental integrada, la evaluación ambiental de planes y programas, la evaluación de impacto ambiental de proyectos y la comprobación ambiental.

De este modo, se aclaran las obligaciones legales que tienen todas las partes afectadas, tanto las obligaciones de las administraciones públicas como las de quienes pretenden promover o implantar un plan, programa, proyecto o actividad.

En lo que se refiere al procedimiento aplicable para obtener el pronunciamiento ambiental correspondiente, el Reglamento aclara, entre otras cuestiones, el contenido de las solicitudes o comunicaciones que deben presentarse ante la administración, los plazos con los que cuenta ésta para pronunciarse, los informes sectoriales que se deben solicitar o las consecuencias del incumplimiento de los plazos, tanto por parte del solicitante, como por parte de las distintas administraciones afectadas.

Además, el reglamento sirve para coordinar el control ambiental autonómico con el control ambiental municipal, con el consiguiente incremento de la seguridad jurídica en esta materia.

Para ello, se explican las relaciones entre ambos, distinguiendo el control que lleva a cabo el órgano ambiental autonómico del que deben efectuar, por su parte, los ayuntamientos en el momento de otorgar las licencias municipales.

El Reglamento dedica especial atención a la disciplina ambiental, regulando la actividad inspectora de la administración y los derechos y obligaciones que ostentan tanto los inspectores como los inspeccionados.

En la tramitación del texto se han tenido en cuenta las aportaciones de todas las consejerías del Gobierno de Cantabria, del Consejo Económico y Social, del Consejo Asesor de Medio Ambiente, de los Servicios Jurídicos y del Consejo de Estado.

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