Según explicó a Europa Press la abogada de la defensa, Laura Montequín, se trata del mínimo previsto por la Ley al concurrir el agravante de parentesco. El juicio se celebró hoy de conformidad en el Penal número 4 de Oviedo.
Por la falta de amenazas, el acusado deberá pagar una multa de 100 euros a razón de cinco diarios durante veinte días. Además, no podrá aproximarse a menos de 500 metros de su padre durante cuatro años ni de su tío, durante seis meses.
Los hechos ocurrieron el 9 de marzo de 2009, cuando el acusado, J.F.R., acudió a casa de su padre en un pueblo del municipio de Oviedo y cuando éste le franqueó el acceso le propinó un empujón haciéndole retroceder y le llevó hasta el dormitorio mientras le insultaba y amenazaba de muerte.
El acusado se hizo con una escopeta de caza de su padre y le golpeó con la culata "repetidas veces" en diversas partes del cuerpo mientras le exigía que le entregase la munición, según el relato de los hechos del fiscal.
Ante los ruidos provocados por el acusado, se personó en el domicilio una dotación policial ante cuya presencia el acusado golpeó una vez más a su padre, esta vez con la mano en el rostro, al tiempo que le escupía.
El día anterior el acusado llamó por teléfono también a su tío al que "con propósito de intimidarle, le dijo que se preparara que le iba a matar".
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