El TS rechaza la petición del PP de que subsanase "omisiones" en la sentencia que archivó el caso 'Matsa'

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado denegar la petición del PP de que subsanase la "omisión" de las peticiones, diligencias y documentación formuladas por este partido al informe del Ministerio Fiscal en la sentencia que decretó el archivo de su querella contra el vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves, por la subvención que la Junta de Andalucía concedió cuando él era presidente del Gobierno andaluz a la empresa Minas de Aguas Teñidas, en la que trabajaba su hija, Paula Chaves, hechos que el PP consideraba constitutivos de los presuntos delitos de prevaricación, malversación de fondos públicos y tráfico de influencias.

Según el PP, el auto dictado el pasado 19 de febrero que decretó el archivo de la querella recoge "la transcripción literal del informe del Ministerio Fiscal", pero "omite el escrito presentado por esta parte por el que se rebatían los argumentos esgrimidos por el Ministerio Fiscal, sin resolver lo interesado en el mismo ni contener motivación alguna ni comentario respecto a su contenido argumentativo y fáctico, ni a las diligencias que en el mismo se interesaban como imprescindibles a fin de confirmar los hechos denunciados, ni la documental que con dicho escrito se adjuntaba, todas ellas con la finalidad de acreditar los hechos objeto de querella".

En una providencia fechada el pasado 25 de febrero, y a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala Segunda del TS acuerda rechazar la solicitud del PP porque considera que en la sentencia "no existe omisión alguna que subsanar" y subraya que, una vez "examinado" el auto del pasado 19 de febrero, "no procede aclarar lo que está suficientemente claro y se desprende de su contexto".

En este sentido, la providencia del alto tribunal señala en primer lugar que "en el relato de hechos se recoge sucintamente lo acontecido, sin que sea necesario una exhaustiva y pormenorizada relación de los mismos" y destaca en segundo lugar que el escrito presentado por el PP en respuesta al Ministerio Fiscal "se tuvo a la vista para resolver", hasta el punto que se incluye una referencia a él en la página 16 del auto dictado por la Sala de lo Penal el pasado 19 de febrero.

La decisión adoptada en su día por la Sala de lo Penal del Supremo por unanimidad atendía la petición del Ministerio Fiscal, que había interesado la inadmisión de la querella y el archivo de las diligencias "por no ser los hechos en que se funda constitutivos de delito".

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