Tribunales.- La Audiencia archiva definitivamente la causa de Alfaro por la recalificación de sus fincas

La sección séptima de la audiencia provincial ha desestimado el recurso de apelación del Ayuntamiento de Coria del Río (Sevilla) y ha confirmado la decisión del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de dicho municipio ribereño de archivar la denuncia formulada contra el ex alcalde andalucista Tomás Alfaro, a quien el Consistorio acusaba de prevaricación, cohecho y tráfico de influencias por la recalificación de dos fincas propiedad de su familia.

El auto de la audiencia, recogido por Europa Press, rememora que el Ayuntamiento emprendió acciones legales contra el ex alcalde y ex portavoz andalucista en la Diputación, Tomás Alfaro, a cuenta de los posibles beneficios obtenidos por la cesión de tres parcelas propiedad de su familia a manos de la Administración local a cambio de "la recalificación de otras dos parcelas" de su titularidad cuya catalogación pasó de deportiva a suelo residencial.

De la instrucción de la causa, según el auto de la Audiencia, se desprende que las parcelas eran propiedad de Alfaro y su familia antes del año 1974 y, con anterioridad a que el dirigente andalucista accediese a la Alcaldía "se aprobaron por el pleno las cesiones y recalificaciones" de las parcelas aludidas. Destaca la Audiencia, en ese sentido, que cuando el 24 de julio de 1997 se aprobó el avance de la modificación de las normas subsidiarias de planeamiento para formalizar las recalificaciones, Tomás Alfaro "no estaba presente" en las sesiones ni tomó parte en las votaciones.

De tal forma, aunque Alfaro participó en el año 2000 en la "aprobación definitiva" de la modificación de las normas subsidiarias que afectaba a estas parcelas propiedad de su familia cuando ostentaba la Alcaldía de Coria del Río, la "decisión" en si de tal modificación "no partió del imputado". "No se trató de una decisión unilateral, sino de una decisión colegiada adoptada por el pleno del Ayuntamiento".

A tal efecto, la Audiencia provincial resuelve en firme y desestima el recurso del Ayuntamiento al confirmar el sobreseimiento decretado por el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Coria del Río.

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