El Gobierno regional no reconoce a Cecan como organización empresarial más representativa en Cantabria

El Ejecutivo considera que la documentación aportada por Cecan "adolece de deficiencias que impiden acreditar la realidad que alega"

La Consejería de Empleo y Bienestar Social del Gobierno de Cantabria ha desestimado el recurso de alzada interpuesto por el presidente de la Confederación de Organizaciones y Empresarios de Cantabria (CECAN), Miguel Ángel Cuerno, contra la resolución de la Dirección General de Trabajo y Empleo del Ejecutivo del 23 de enero de 2009 en la que se denegaba a esta entidad su reconocimiento como organización empresarial más representativa de la Comunidad Autónoma.

Contra la resolución, que agota la vía administrativa, Cecan podrá únicamente interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), en un plazo máximo de dos meses.

En la resolución, fechada el pasado 4 de enero y difundida hoy por CEOE-Cepyme, el Gobierno rechaza los argumentos esgrimidos por Cecan para ser reconocida como la organización empresarial más representativa de la región.

Así, en relación a la "abundante documentación" aportada por Cecan con motivo de la presentación del recurso de alzada, el Ejecutivo considera en su resolución que dichos documentos "adolecen de diversas deficiencias que impiden acreditar la realidad que se alega", es decir, ostentar la máxima representatividad empresarial.

Así, por ejemplo, no todos los documentos presentados ante el notario constituyen "fichas individuales" de afiliación, sino que también existen algunos que están sellados, que serían "certificados de las organizaciones sobre las empresas afiliadas".

Igualmente, tampoco se acredita "en modo alguno" que las empresas que aparecen en los documentos estaban "afiliadas" a Cecan en el momento en que esta organización presentó la solicitud para su reconocimiento, sino que "a lo sumo" pudieron estar "afiliadas alguna vez a Pymetal o la FEC".

En cuanto a las fichas de afiliación contenidas en los diez tomos que se presentaron como documentos anexos, la resolución del Gobierno cántabro considera que las mismas "adolecen de numerosos defectos" para que se pueda acreditar el número de empresas afiliadas que alega Cecan. FICHAS

Así, un "número significativo" no son fichas de afiliación de las empresas, puesto que sólo consta el sello de la organización a la que pertenecen. Además, "en ocasiones" aparece la firma del empresario o persona apoderada, pero en otros "únicamente el sello de la empresas, sin que firme la persona que se indica en la ficha".

Asimismo, no son "infrecuentes" los casos en los que "no coincide la persona que firma y la figura como representante, o firma una persona que no aparece identificada".

Con todo ello, el Gobierno aprecia una "gran disparidad de las fechas que aparecen en las fichas" hasta el punto de que "algunas son antiguas, incluso de los años setenta" y otras se han emitido con "posterioridad" a la resolución de la Dirección General de Trabajo emitida el 23 de enero de 2009, "preparadas, por tanto, para su aportación al recurso de alzada y también es frecuente que no conste fecha alguna".

Por último la resolución también pone de manifiesto que Cecan no pertenece a CEOE España y, por lo tanto, no puede aplicarse el criterio de "irradiación", pues en el ámbito territorial de Cantabria ya existe una organización que ostenta la mayor representatividad por "irradiación" de CEOE España, que es CEOE-Cepyme Cantabria.

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