Así lo indicó en un comunicado la consellera de Bienestar Social, Angélica Such, quien explicó que, en la actualidad, el Sistema de Protección de Menores de la Comunitat Valenciana atiende a cerca de 5.800 menores, de los cuales el 35 por ciento se encuentra en situación de guarda por la Generalitat y en el 65 por ciento de los casos la Generalitat tiene asumida su tutela.
De estos menores, un total de 1.254 están residiendo en centros de protección de menores, y el resto se encuentra en acogimiento familiar, ya sea con familia extensa o con familia educadora.
Asimismo, la consellera aseguró que la Comunitat Valenciana ha experimentado en los últimos años un considerable incremento en la calidad y en el número de instalaciones para menores, "fruto de un gran esfuerzo inversor en infraestructuras, tanto para mejorar y adecuar las ya existentes, como para crear nuevos recursos y diseñar programas y medios para conseguir una eficaz protección de nuestros menores".
Such destacó la "importancia" que otorga el Consell a "proporcionar una atención adecuada a la infancia y regular los derechos y garantías de todos los menores, aún cuando éstos no sean subsidiarios de los sistemas de protección e inserción de menores".
La consellera de Bienestar Social explicó que cuando se detecta una situación de desprotección de menores, tras su valoración se determina en un primer momento el ingreso en un centro de recepción, de atención inmediata y transitoria y de carácter integral de acogida a niños y adolescentes, con el objeto de proceder al estudio de su situación personal, social y familiar y de su entorno, para elaborar la correspondiente propuesta de medida de protección.
En estos casos, la Conselleria de Bienestar Social actúa con el propósito de facilitar el retorno a su familia de origen, siempre que sea posible y, en otro caso, articulando medidas de procesos de inserción intensivos y procurando una familia de acogida o un centro de acogida según los casos.
Angélica Such explicó que el acogimiento residencial de menores es una medida de protección que adopta la Generalitat como forma de ejercicio de la guarda, que es consecuencia jurídica de la declaración de desamparo y por la cual el menor es acogido en un centro donde recibe servicios de alojamiento, manutención, apoyo educativo y atención integral. El menor en acogimiento residencial puede estar con tutela automática o en situación de guarda a instancias de sus padres —guarda voluntaria—.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios