CC.OO. apuesta por recuperar el empleo y mantener el poder adquisitivo en la negociación de los convenios de 2010

Los objetivos y criterios de CC.OO. en materia de empleo y retribución para la negociación colectiva de 2010 están orientados a promover la mejora del nivel de renta de la población trabajadora a través de la recuperación del empleo y el mantenimiento o ganancia moderada del poder adquisitivo de los salarios.

El secretario de Acción Sindical de CC.OO. de Cantabria, Javier Diego, señaló que los objetivos de este sindicato en el ámbito de la negociación colectiva son, para 2010, "erradicar la temporalidad injustificada y fomentar el mantenimiento y la recuperación del empleo; ganancia moderada o mantenimiento del poder adquisitivo de los salarios y mejora de los salarios más bajos, y contención del reparto de los beneficios empresariales e incremento de la inversión productiva".

Para Diego es "esencial" conseguir que la contratación estable sea la referencia general, y así atender a los requerimientos de seguridad y calidad del empleo, reduciendo los niveles de rotación y segmentación del mercado laboral, y garantizar, mediante la acción sindical, el cumplimiento de las normas legales y convencionales en materia de contratación y empleo".

"La estabilidad y seguridad en el empleo tienen su concreción en la conversión de contratos temporales en fijos; los límites al encadenamiento de contratos temporales; la identificación de las actividades de naturales temporal; la relación adecuada entre empleo temporal y fijo; el control de la subcontratación y la externalización de actividades", señaló el sindicalista.

En cuanto a la retribución, para CC.OO. los incrementos pactados en los convenios colectivos deben garantizar una mejora del poder adquisitivo de los salarios, mejora que debe ser más acusada en los sectores con salarios más bajos y donde el incremento de la productividad o de los beneficios empresariales lo permita.

Las dificultades que puedan tener muchas empresas para aplicar los incrementos pactados en convenio pueden tener su canalización por las cláusulas de "descuelgue" que se regulan en una gran parte de los convenios.

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