Ayuntamiento regula las fiestas de Navidad y Fin de Año para garantizar las medidas de seguridad

Y evitar que se habiliten para estas fiestas garajes y otros locales no destinados a la hostelería

El Ayuntamiento de Santander regula, a través de un bando, la celebración de las fiestas de Navidad y Fin de Año que se desarrollen, con carácter extraordinario, los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero.

El objetivo de esta medida es permitir que los establecimientos que poseen licencia de apertura para ejercer actividades de hostelería, —como restaurantes, hoteles, bares y cafeterías—, puedan celebrar este tipo de fiestas extraordinarias, de forma que se garanticen las medidas de seguridad mínimas, exigiendo, entre otros requisitos, un seguro de responsabilidad civil para hacer frente a posibles daños a terceros.

La concejala de Medio Ambiente, Carmen Ruiz, explicó en un comunicado que con este bando se evita el "intrusismo" por parte de aquellas personas que habilitan garajes y otros locales no destinados a la hostelería y que, por consiguiente, no cuentan con unas "medidas mínimas de seguridad y sanitarias", pese a lo cual, señaló, "aprovechan estas fiestas para hacer competencia desleal a las empresas que están en regla".

Ruiz recordó que la posibilidad de que "extraordinariamente" un bar o un restaurante puedan organizar este tipo de fiestas está prevista en el Reglamento de Policías, que "excepcionalmente permite ampliar sus licencias con las medidas de seguridad correspondientes".

Solicitud al alcalde

El bando establece que los locales de hostelería interesados en organizar una fiestas de Navidad y de Fin de Año deberán enviar una solicitud dirigida al alcalde en la que se especifiquen los datos de identificación del solicitante, el tipo de espectáculo o actividad que pretenda realizar, el lugar de celebración, el aforo previsto, la fecha y el horario de celebración.

Además, la solicitud deberá ir acompañada de fotocopias de la licencia municipal de apertura, del Impuesto de Actividades Económicas y de la licencia fiscal, así como de un certificado otorgado y debidamente visado por un técnico competente en la materia donde se acredite que el local cumple con las normas contra incendios para el aforo previsto.

Por último, los solicitantes tendrán que acompañar un contrato de responsabilidad civil, con el fin de cubrir eventuales daños a espectadores, participantes, público asistente, terceras personas y a los bienes que puedan derivar de la celebración del espectáculo o actividad recreativa.

El contrato de responsabilidad civil deberá ser de 601.012,01 euros para un aforo de hasta 50 personas, de 2.103.542,37 euros hasta 300 personas y de 3.606.072,63 euros para más de 500 personas.

No requieren pedir autorización los establecimientos de hostelería que cuenten con licencia de apertura que les habilite especialmente para celebrar este tipo de eventos, como discotecas y pubs, que, en todo caso, deberán adecuarse al aforo y a los demás requisitos previstos en su correspondiente licencia de apertura.

El incumplimiento de estas normas conllevará la imposición de las sanciones previstas en la Ley de Seguridad Ciudadana, recuerda por último el Consistorio.

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