Un cirujano plástico pagará 80.000 euros por extirpar una mama sana a una paciente

  • La paciente, de 43 años, fue operada de cáncer de mama en 2002.
  • El médico le extirpó completamente la mama derecha, que estaba sana.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cádiz ha condenado a un cirujano plástico al pago de 79.648 euros por extirpar una mama sana a un paciente.

Según informó la asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han defendido la demanda interpuesta por Isabel Olivas Martínez, la paciente de 43 años de edad fue intervenida de cáncer de mama en octubre de 2002 y mediante mastectomía radical izquierda.

En concreto, la paciente sufría un cáncer ductal infiltrante "que normalmente no produce bilateralidad en la otra mama", es decir, "que se extiende mucho menos que otros cánceres más agresivos como el lobulillar", según relató la propia asociación.

De igual forma, agregó que la afectada carecía de antecedentes alguno de cáncer y que se le habían practicado una serie de pruebas de imagen , como radiografías, mamografías y ecografías, que demostraban que la mama derecha estaba completamente sana.

No obstante, esta asociación aclaró que el oncólogo que la trataba la remitió al cirujano plástico y reparador para valorar la otra mama, profesional éste último que "incomprensiblemente y sin que exista ninguna evidencia científica ni diagnóstica de que dicha mama estaba afectada de cáncer, decide extirparle completamente la mama derecha, que estaba sana".

"Al contrario, todas las pruebas radiológicas informaban del estado completamente normal y sano de la mama, sin ningún tipo de marcadores tumorales o signos de malignidad", lamentó el Defensor del Paciente, que denunció que dicho médico "encima no le informó, ni siquiera mínimamente, ni le recabó como es perceptivo un documento de consentimiento informado para la operación de mastectomía de la mama derecha".

Ahora la sentencia, dictada el pasado día 19 de octubre, hace mención a la "importancia" de la información al paciente en la actividad médica y declara probada que la falta de la misma supone una clara lesión del derecho de información.

"En un caso como el presente, donde existe una cirugía tan radical, extrema e irreversible, es importante justificar en un documento qué tipo de alto riesgo podía existir que aconsejara extirpar una mama sana", reiteró el defensor.

Así, y tras tener en cuenta la mala praxis e infracción de la lex artis ad hoc, la sentencia plasma la lesión del derecho de información y la infracción de la Ley de Autonomía del Paciente, "que en este caso es absolutamente imprescindible".

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