La finalidad de las subvenciones, cuyo plazo de solicitud acaba el 7 de diciembre, es compartir la carga económica con el propietario del edificio que requiera una actuación parcial o total debido a su mal estado. Éste debe tener más de 50 años, que se encuentre incluido dentro del conjunto histórico de Granada y que no tenga ninguna sanción urbanística.
Responsables del Instituto de Rehabilitación calculan que una treintena de edificios de la capital pueden reunir las condiciones de las ayudas, en cuya última convocatoria (2003) se gastaron 720.000 euros municipales.
Sin que repercuta en los alquileres
Las bases lo dejan claro para que no haya lugar a equívocos. Los beneficiarios de estas ayudas no pueden repercutir el importe de las obras subvencionadas en el incremento de la renta de los arrendatarios. Además, el uso del edificio debe ser residencial aunque se permite que, al menos el 30% de las viviendas del inmueble se destine a otros fines, como despachos profesionales, servicios,etc; si bien los residenciales tendrán preferencia.
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