Un juez da la razón a una empleada obligada a llevar sólo ropa interior debajo de la bata

  • La mujer pidió que se modificara una norma interna de la empresa sobre la vestimenta en el trabajo.
  • Tras pedirlo le impusieron un cambio de horario y de centro de trabajo.
  • La empleada demandó a su jefe por discriminación y la sentencia ha declarado la nulidad de la medida de la compañía.
  • Pedía llevar ropa de calle debajo de la bata porque con el uniforme "se les ve parte del cuerpo que no deberían enseñar".

El Juzgado de lo Social número 26 de Madrid ha dado la razón a la empleada de una óptica que interpuso una demanda por discriminación después de que su jefe le impusiera una nueva jornada laboral, con cambio de horarios y ubicación, tras solicitar que se modificara la obligación de que las mujeres llevaran sólo ropa interior bajo la bata. La mujer pidió que pudiesen llevar ropa de calle debajo, como hacen los trabajadores varones de la empresa.

La empleada, miembro del Comité de Empresa, reclamó en octubre de 2008 un cambio en la normativa interna de la compañía relativa a la diferencia de la vestimenta obligada de las trabajadoras frente a los trabajadores.

Los hombres podían mantener su ropa de calle debajo de la bata de trabajo, siempre que los pantalones y zapatos no fueran deportivos. Sin embargo, las mujeres no podían permanecer con la ropa de calle y menos aún si consistía en pantalón.

Uniforme incómodo

De la sentencia se desprende que la dirección desoyó la petición, que volvió a ser solicitada en noviembre de ese año. La demandante denunció que dicho uniforme era incómodo, puesto que "cuando se sientan, agachan o hacen algún movimiento la bata se abre y se les ve parte del cuerpo que no deberían enseñar".

El 14 de enero de 2009 la empresa le comunicó que debería prestar servicios en otro centro, especificándole las variaciones en su horario. Un mes después rectificó y le envió una nueva documentación, al aceptar que la orden no era ajustada a derecho. Sin embargo, en mayo la empleada recibió una comunicación en la que se le informó de que ese mes debía incorporarse a un nuevo centro de trabajo.

La sentencia detalla que la empresa no siguió "el procedimiento adecuado para modificar las condiciones de jornada y horario de la actora", derivándose de ello la nulidad de la medida.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento