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Soy positivo en covid, pero no sé cómo tramitar mi baja: ¿vale con antígenos? ¿Y si no me atienden en el centro de salud?

La sexta ola de la pandemia ha elevado los positivos en España hasta la cifra récord de 372.766 nuevos casos, lo que ha provocado que se tripliquen las bajas laborales en comunidades autónomas como Cataluña desde el puente de la Constitución. 

Ante el aumento de contagios por la variante ómicron, cada vez más comunidades están agilizando la tramitación de las bajas laborales por covid-19 para no saturar los Centros de Atención Primaria (CAP), ya que se espera que después de las fiestas navideñas el número de bajas se incremente todavía más.

Por su parte, la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, confió en que la vacunación pueda avanzar "lo suficientemente rápido" para que no haya "afectación de bajas laborales" que pueda perjudicar el funcionamiento normal de servicios como sanidad y educación

¿Cómo puedo tramitar mi baja laboral si soy positivo? ¿Qué hago si no me cogen el teléfono? ¿Es igual en todas las comunidades autónomas? Aquí resolvemos todas las dudas sobre cómo tramitar una baja laboral por covid-19.

¿Me vale con un test de autodiagnóstico?

Muchas regiones españolas han decidido contabilizar los casos positivos con test de autodiagnóstico sin necesidad de confirmación con PCR o test de antígenos en centros sanitarios. Si vives en Cataluña, Madrid, Andalucía, Aragón, Navarra o La Rioja la respuesta es sí, con un test de farmacia positivo se contabilizará tu caso y podrás proceder a tramitar la baja laboral.

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¿Qué protocolo tengo que seguir si soy positivo con un test de farmacia?

En primer lugar, debes aislarte y notificar tu positivo a los servicios sanitarios de tu comunidad autónoma para que te expliquen cuál es el protocolo a seguir. En el caso de La Rioja o Cataluña también puedes notificarlo en una de las muchas farmacias adheridas al sistema de seguimiento de casos de covid-19.

Ante la saturación de las líneas telefónicas de los centros de atención primaria, algunas comunidades como Madrid, La Rioja, Galicia o las Islas Baleares, entre otras, han comenzado a implementar aplicaciones móviles u otras vías –además de llamadas– para que los ciudadanos puedan notificar si son positivos. 

Una vez hecho esto, cada comunidad procederá de una forma distinta. Aquellas que necesiten una prueba de confirmación para contabilizar el positivo citarán al paciente para que acuda al centro de salud en los días siguientes a la notificación -hasta entonces no podrá tramitar la baja-.

¿En qué comunidades puedes tramitar la baja vía telemática?

En principio se mantienen los procedimientos establecidos hasta el momento en muchas comunidades autónomas. Es decir, la persona que da positivo debe comunicarlo a su centro de atención primaria para que el médico correspondiente lo evalúe y tramite la baja laboral.

No obstante, algunas como la Comunidad de Madrid, Cataluña, Andalucía o La Rioja ofrecen otras herramientas para la solicitud de la baja a aquellos positivos en test de autodiagnóstico por el colapso sanitario.

Así, la Comunidad de Madrid ha habilitado el teléfono 900 102 112 para que los ciudadanos con un resultado positivo en un test de autodiagnóstico que necesiten tramitar una baja laboral puedan hacerlo. La Consejería de Sanidad enviará un SMS al interesado para informar de su tramitación.

La Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía actualizó los cuestionarios disponibles en la aplicación móvil Salud Responde para mejorar la accesibilidad a personas sintomáticas o con test de autodiagnóstico positivos, al tiempo que también incorporó una opción para que las personas que lo necesiten puedan tramitar la baja laboral mediante este sistema.

Por su parte, Aragón también permitirá dar la baja laboral a positivos en coronavirus detectados por test de farmacia y ha habilitado un formulario web en la página de Salud Informa y un teléfono, el 876 503 741, para que los usuarios puedan notificar su contagio.

¿Me puedo quedar sin baja por el colapso?

"Todos tendrán su baja, tal y como se ha hecho desde el principio de la pandemia", dijo el pasado martes el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. De momento, el ministro garantizó que las bajas se podrán seguir dando "a posteriori", es decir, el médico expide la baja cuando se produce el positivo o cuando comienzan los síntomas -según se acuerde- y luego se formaliza la documentación con posterioridad.

¿Quién puede pedir la baja laboral?

En principio, pueden pedir la baja laboral los positivos, sean sintomáticos o asintomáticos, y los contactos estrechos que no estén vacunados, ya que son estos los supuestos en los que una persona está obligada a guardar una cuarentena que, recientemente, se ha reducido de 10 a 7 días -si no hay síntomas-.

Sin embargo, corresponde en última instancia al facultativo médico decidir la concesión de la baja laboral. Así, aquellas personas que sean asintomáticas o presenten síntomas leves y tengan la opción de teletrabajar pueden, en la mayoría de los casos, seguir haciéndolo con normalidad.

¿Cuánto tiempo tengo que hacer cuarentena?

Aquellas personas que sean positivo en covid-19, y tengan síntomas, deberán guardar 10 días de cuarentena, mientras que los que sean asintomáticos podrán rebajar ese tiempo a siete días siempre y cuando lleven sin síntomas al menos tres días.

Por otra parte, los contactos estrechos de positivos no están obligados a hacer cuarentena si tienen la pauta completa de vacunación. Si no es así, tendrán que aislarse también siete días si no aparecen síntomas.

Además, el Ministerio de Sanidad propuso el pasado lunes que los contactos estrechos en Educación Infantil y Primaria no tengan que guardar cuarentena y ampliar la consideración de brote a 3 o más casos en colegios e institutos.