El TSJA anula el Plan General de Ordenación Uurbanística de Gijón

  • El Tribunal considera que el PGOU es "contrario a derecho".
  • Sentencia dada a conocer por el concejal de Urbanismo, Sanjurjo.
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El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha anulado el Plan General de Ordenación de Urbana de Gijón por ser "contrario a derecho". La sentencia fue dada hoy a conocer por el concejal de Urbanismo, Pedro Sanjurjo, en una rueda de prensa en el Ayuntamiento.

Sanjurjo anunció que el Ayuntamiento presentará un recurso a la resolución judicial que estima el contencioso administrativo presentado por cinco particulares contra el acuerdo del 23 de enero de 2009 relativo al documento de la adaptación a la ley autonomica del suelo y modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Gijón.

En la sentencia, el Tribunal Superior considera que el Ayuntamiento

"encubrió una genuina operación de Revisión del Plan general bajo un indebido supuesto de modificación puntual" porque "el conjunto de las variaciones introducidas exceden lo que representa una modificación puntual y de ajuste a la totalidad del Plan General, por más que afecte a la regulación de algunos de sus ámbitos y a aspectos concretos del Plan General". En opinión del TSJA, la modificación debió "tramitarse por el procedimiento de revisión". 

A tenor de esto, el TSJA estima las alegaciones de los recurrentes asociadas al procedimiento a seguir "sobre el

deficiente periodo de información pública anterior a la aprobación inicial, la falta de documentos esenciales, el
deficiente estudio económico y financiero como consecuencia de la inadecuada tramitación de la adaptación como una modificación".

Para el tribunal, esto es motivo suficiente de anulación del plan por lo que "no hace necesario el examen de los restantes invocados por los recurrentes". Entre los motivos alegados por los recurrentes se encontraba la falta de un estudio de impacto ambiental al entender que se trataba de una

transformación del uso del suelo. El Ayuntamiento alegó al respecto que en la legislación del Principado de Asturias no consta precepto que obligue a someter al trámite de evaluación de impacto ambiental el planeamiento general municipal, ni los demás instrumentos de ordenación urbanística".

Para el equipo de Gobierno, "esta situación es nueva y no esperada". El concejal indicó que no comparten los contenidos de la sentencia y, por ello, entiende "que

la actuación municipal se ha ajustado a derecho en la tramitación del PGOU". Según Sanjurjo, el Plan seguirá vigente hasta que el Supremo decida sobre el recurso.
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