Confirman la condena a Telecinco por la intromisión en el honor de Fernando Esteso

  • La cadena divulgó un reportaje en el que se hacía hincapié en las supuestas deudas y problemas con el alcohol y las drogas del actor.
  • Esto sucedió cuando el artista ya estaba apartado de la vida pública.

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia que hace un año dictó un Juzgado de Totana, y que condenó a la cadena Telecinco y a una productora a indemnizar al actor Fernando Esteso con 100.000 euros por una intromisión ilegítima en su honor.

El tribunal señala que la citada cadena de televisión emitió unos avances y un reportaje en octubre de 2006 en los que se hablaba de supuestos problemas económicos del artista y de su presunta adicción al consumo de alcohol y droga.

Añade que Esteso "llevaba bastante tiempo apartado de la vida pública, habiendo dejado de hacer películas, razón por la cual su vida privada debió ser respetada, ya que al público no tenía por qué interesarle si ahora tiene deudas, bebe más o menos alcohol y si es adicto a las drogas".

Además, el tribunal recuerda que "los rumores de terceras personas y de otros medios de comunicación no permiten convertir lo que es esfera privada en una noticia de interés público para los telespectadores".

Al desestimar el recurso presentado por Gestevisión Telecinco, Producciones Mandarina y el director de esta última empresa, Eduardo Blanco, la Audiencia Provincial de Murcia señala que los autores del reportaje "no respetaron la neutralidad que les era exigible".

"Esa ausencia de neutralidad, añaden los magistrados, se deduce cuando se remarca el lado negativo de la vida actual de Esteso, desprendiéndose dicho extremo del visionado de las grabaciones brutas, en las que se requiere a los testigos para que repitan sus declaraciones hasta que dicen las frases precisas para poder después ser entresacadas y unidas de forma que parezca que han sido dichas de forma continua".

El tribunal critica la forma en que se hicieron las entrevistas a varios de los testigos del reportaje, entre ellos, a la madre de una antigua empleada del artista, a la que la reportera informó de que podía denunciarle por la supuesta inducción a su hija al consumo de drogas.

Esta resolución no es firme, ya que contra la misma puede presentarse recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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