Concurre en este caso la atenuante de disminución del daño, según la información facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).
Además de la pena de cárcel, se le condena a inhabilitación para el desempeño de actividades docentes y de cualquier otra relacionada con menores de edad, con una duración de seis años; prohibición de aproximarse a una distancia de 500 metros, en cualquier lugar en el que ésta se encuentre, su domicilio y lugar de trabajo , y prohibición de comunicar con la víctima por cualquier medio durante el plazo de siete años y tres meses.
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