El TSJC mantiene definitivamente las elecciones catalanas del 14-F

El TSJC mantiene cautelarmente las elecciones catalanas del 14F
El TSJC.
Europa Press
El TSJC mantiene cautelarmente las elecciones catalanas del 14F
El TSJC.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha informado este viernes de que ha decidido por mayoría anular el decreto de suspensión de las elecciones del 14-F y mantiene definitivamente la fecha de las elecciones catalanas.

Lo ha hecho al estimar el recurso contra el decreto del Govern que las aplazaba hasta el 30 de mayo, y por el que ya había admitido mantener de forma provisional el 14-F.

La Sala Contenciosa anunció que el fallo definitivo sería como máximo el 8 de febrero, después del ecuador de la campaña electoral, y finalmente ha avanzado la deliberación a las 12 horas de este viernes después de que los recurrentes, la Fiscalía y la Generalitat hayan usado el mínimo tiempo posible para presentar sus escritos. 

Previsiblemente el fallo sobre el recurso se publicará el lunes junto a su argumentación.

El tribunal hará mención expresa a la buena fe procesal de las partes dado que, su agilidad en la presentación de escritos, ha permitido llegar a una resolución en la mayor brevedad de tiempo. 

La sentencia se puede recurrir ante la sala contenciosa-administrativa del Tribunal Supremo. Este recurso, en caso de interponerse, no suspendería la ejecución de la decisión del TSJC. Es decir, no afectaría al mantenimiento de la convocatoria electoral para el 14 de febrero.

Suspensión cautelar del decreto del Govern el 21 de enero

El pasado 21 de enero el TSJC acordó la suspensión cautelar del decreto del Govern que aplazaba las elecciones del 14F a, en principio, el 30 de mayo.

El tribunal alegó que las elecciones se debían mantener provisionalmente el 14F para "preservar la normalidad democrática" y evitar una "situación de bloqueo y precariedad institucional" que afecte a la legitimidad del Govern en plena pandemia.

En su auto, que contaba con el voto particular de uno de los siete magistrados de la sala, el tribunal recalcaba que no obligaba a votar "irreversiblemente el día 14 de febrero" ni que había fijado esa fecha, ya que, advertía, hasta el día de las elecciones se podían dar "cambios sustanciales" tanto en el estado de alarma como en el ámbito sanitario que pudieran llevar a las "autoridades competentes" a adoptar otra decisión.

Los argumentos de la Generalitat

El Govern acusó entones al TSJC de cometer una "irresponsabilidad" y "poner en riesgo" la salud del electorado, por lo que presentó un recurso pidiendo que se acordara la suspensión del 14F, alegando además que al producirse la jornada electoral en el pico de la tercera ola de la pandemia podría haber unas 200.000 personas que no pudieran ejercer su derecho a voto.

El ejecutivo catalán adjuntó en su recurso varios informes que alertaban del riesgo para la salud de los electores que quieran ir a votar el 14F y que además también cuestionaba la "legitimidad" del resultado si se registraba una baja participación debido al contexto de pandemia.

La Fiscalía

Por el contrario, la Fiscalía ha defendido que se anule el decreto del Govern que aplazaba las elecciones del 14F, al concluir que infringe la normativa electoral y el Estatut y daría pie a una "anormalidad jurídica e institucional" que puede prolongarse de forma "indeterminada".

En su informe, el ministerio público recuerda que las elecciones del 14F se convocaron ya en pandemia y que la crisis sanitaria "es la misma" que entonces, excepto en lo que se refiere al aumento de contagios, algo que era "notoriamente previsible".

En el caso de que exista un "interés superior" que obligue a suspender las elecciones por ser inviables ante la situación sanitaria, añade la Fiscalía en su informe, es necesario darle una "cobertura normativa", articulando "conforme a la Constitución y las leyes las medidas excepcionales que puedan resultar imprescindibles".

La Fiscalía concluye que los riesgos sanitarios de la jornada electoral pueden "prevenirse" con medidas higiénicas, distancias, horarios de votación preestablecidos para personas vulnerables, aparatos de ventilación e ionización y fomento del voto por correo.

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