El acusado podrá obtener nuevamente el carnet una vez transcurridos 12 meses desde la finalización del periodo de privación, si previamente, y con carácter obligatorio, superara un curso de sensibilización y reeducación vial y, posteriormente, las pruebas determinadas reglamentariamente. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación.
Los hechos se remontan al 5 de diciembre de 2018, a las 13.10 horas del 5 de diciembre de 2018, el acusado conducía un coche propiedad de su madre a la altura del punto kilométrico 16,800 de la autovía A- 63 (La Espina-Oviedo), término municipal de Grado, en dirección Oviedo, a una velocidad de 217 kilómetros por hora.
La máxima permitida en ese punto es la genérica para las autovías, es decir, 120 kilómetros por hora. Los agentes encargados del cinemómetro dieron aviso a otra patrulla de la Guardia Civil de Tráfico que les precedía para que interceptaran el vehículo que conducía el acusado. Este, al detectar la presencia de un coche oficial de la Guardia Civil, disminuyó drásticamente su velocidad, llegando a detener su vehículo al margen de la calzada cuando los agentes le dieron el alto.
No obstante, al llegar el coche oficial que llevaba el radar al lugar donde se había detenido, el acusado reanudó la marcha a toda velocidad. La patrulla salió tras él pero, debido a la gran velocidad que llevaba, decidieron interrumpir la persecución.
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