¿Quieres deducirte el IVA de tu patinete eléctrico? Así puedes hacerlo

Ayuntamiento publica las bases de la convocatoria para el proyecto piloto para el alquiler de patinetes
Un hombre circula en patinete eléctrico
María José López
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En esta vuelta al trabajo de septiembre se prevé un escenario diario algo diferente al habitual en cuanto a medios de transporte se refiere. La preferencia por los vehículos privados y el auge de los VMP, más ecológicos y responsables con el medio ambiente, son las dos líneas que van a marcar este cambio. 

Y es que tanto bicicletas como patinetes eléctricos se han desvelado como las nuevas estrellas de la movilidad urbana. Cómodos y prácticos, ya es habitual en las grandes ciudades verlos compartir carril. 

Aunque el rango de precios de venta de estos vehículos personales es amplio, no dejan de suponer un par de cientos de euros de inversión de las que ahora se puede recuperar un pellizco. Hacienda ha dictado en una resolución que se puede deducir o desgravar entre el 50 y el 100% del IVA de un patinete eléctrico.

¿Cómo?

Lo primero es definir el uso del VMP del que nos queremos desgravar el IVA. Si es una herramienta de trabajo (como en el caso de los repartidores) y se puede demostrar que su uso fuera de la jornada laboral es residual, el IVA desgravado puede alcanzar hasta el 50%. 

En el caso concreto de trabajadores con una actividad comercial se podrán desgravar hasta el 100%, dependerá del tipo de actividad y uso que se le de al patinete eléctrico.

¿Y los autónomos?

Los trabajadores por cuenta propia podrán deducirse al menos el 50% de las cuotas del IVA de las facturas, así como, en su caso, amortizar su precio y gastos de mantenimiento en la declaración de la renta. 

¿Qué modelos?

Hacienda publicó una resolución en mayo que equipara los patinetes con los automóviles a efectos tributarios. Para ello, el patinete deberá superar los 25 kilómetros por hora. 

Esta característica principal obliga a clasificarlo como ciclomotor y no como VMP, por lo que se necesitará una licencia AM para conducirlo, además del uso del casco. En el reglamento de tráfico estaban incluidos como VMP del tipo B, pero tras la resolución de finales de 2019, estos modelos dejan de estar clasificados como Vehículos de Movilidad Personal.

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