El Departamento de Educación destinará 23,2M € en ayudas para las asociaciones de madres y padres de alumnos que prestan el servicio de comedor escolar en centros educativos de titularidad de la Generalitat de Cataluña que imparten enseñanzas obligatorias. A estas ayudas también pueden acceder las empresas o entidades contratadas por estas asociaciones para prestar este servicio.
El objetivo es compensar los daños y perjuicios que hayan sufrido tanto las asociaciones de padres y madres de alumnos como las empresas que prestan servicios de comedor en colegios como consecuencia del cierre de los comedores escolares en el marco de las medidas para la prevención y el control de la infección de la Covid-19. La resolución extraordinaria aprobada para la concesión de estas ayudas se publicó el pasado 9 de julio en el DOGC.
Servicio directo o contratado
Según la normativa de la resolución, pueden participar en esta convocatoria extraordinaria de ayudas las asociaciones de madres y padres de alumnos que presten de forma directa y con medios propios el servicio de comedor escolar tanto en centros educativos titularidad de la Generalitat como en los centros también de titularidad de la Generalitat pero gestionados por Consorcio de Educación de Barcelona.
En esta convocatoria extraordinaria de ayudas también pueden participar las empresas o entidades que presten el servicio de comedor directamente contratadas por las asociaciones de padres y madres de alumnos. La normativa de la resolución indica que en caso de que las asociaciones hayan contratado el servicio de monitores y de cocina por separado, éstas deberán solicitar las ayudas e indemnizar las diferentes empresas contratadas.
Las ayudas están destinadas tanto a las asociaciones que prestan el servicio con sus propios medios como a las empresas o entidades contratadas por éstas
Tramitación electrónica
El plazo para presentar las solicitudes y la documentación demandado en la convocatoria es de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC. Las solicitudes se formalizarán por el canal electrónico Trámites de la web de la Generalidad de Cataluña. Asimismo, también se podrá acceder al trámite de la solicitud desde la web del Departamento de Educación.
Tras ser recibidas las solicitudes, en una primera fase del proyecto se revisarán y se comprobarán los requisitos de acceso. Después, en el plazo de 2 meses a contar desde la conclusión del plazo de presentación de solicitudes, se dictará y notificará la resolución de concesión o denegación de las prestaciones. Posteriormente, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la notificación de la resolución se efectuará el abono de las ayudas.
Documentación acreditativa
La solicitud de ayuda debe adjuntar la certificación del centro educativo en el que quede acreditado que la asociación, empresa o entidad está prestando el servicio de comedor escolar. Este documento deberá estar firmado electrónicamente por la dirección del centro o la secretaría según el modelo facilitado por el Departamento de educación, y también por el responsable de la entidad solicitante.
Además, se deberá adjuntar a la solicitud de ayuda la relación del personal que presta el servicio de comedor en el centro educativo, de acuerdo con el modelo que consta en la solicitud.
En el caso de que la asociación de madres y padres de alumnos haya contratado dos empresas diferentes para los servicios de monitores y cocina, se deberá aportar también la certificación de los dos contratos.
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