El juzgado contencioso de Lleida confirma el confinamiento perimetral del Segrià

La magistrada del Juzgado Contencioso Administrativo de Lleida ha ratificado su rechazo a suspender de forma cautelarísima el confinamiento perimetral de toda la comarca del Segrià ordenado por la Generalitat.
Varias personas caminan por una calle del centro de Lleida, capital de la comarca del Segrià, en Lleida, Catalunya (España), a 6 de julio de 2020. El presidente de la Generalitat, Quim Torra, anunció el pasado sábado el confinamiento perimetral por 14 día
Varias personas caminan por una calle del centro de Lleida, capital de la comarca del Segrià, en Lleida, Catalunya (España), a 6 de julio de 2020. El presidente de la Generalitat, Quim Torra, anunció el pasado sábado el confinamiento perimetral por 14 día
David Zorrakino - Europa Press
Varias personas caminan por una calle del centro de Lleida, capital de la comarca del Segrià, en Lleida, Catalunya (España), a 6 de julio de 2020. El presidente de la Generalitat, Quim Torra, anunció el pasado sábado el confinamiento perimetral por 14 día

El abogado Jorge Culleré Lavilla había solicitado la suspensión cautelar de la medida en el recurso que presentó el pasado lunes contra el auto del 4 de julio del Juzgado de Instrucción 4 que ratificaba, a petición de la Generalitat, el cierre durante 15 días.

El auto del Juzgado Contencioso de Lleida, de este mismo lunes, confirma las medidas de seguridad adoptadas para la comarca del Segrià en resolución del 4 de julio, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Justicia de Catalunya.

La juez señala que, en el plazo previsto, el letrado de la Generalitat ha presentado un escrito en el que se opone a la adopción de la medida cautelarísima y que el recurrente no ha presentado documentación adicional.

Culleré pidió la medida cautelarísima, a la espera de la resolución del recurso de apelación por parte del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

El letrado considera que la resolución de la Generalitat es nula de pleno derecho argumentando que "la incidencia acumulada de 149,1 casos por 100.000 habitantes no permite limitar derechos, según el Plan de actuación del Procicat de la Generalitat".

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