El secretario general y diputado de El PI en el Parlament, Josep Melià, ha puntualizado que "el poder público en situación de alarma se ejerce a través de la Constitución, no al margen de la misma".
Melià ha señalado que la competencia estatal para la declaración del estado de alarma y para su concreción "se tiene que ejercer de la forma más compatible posible con la distribución ordinaria del poder establecido en la Constitución y los Estatutos de Autonomía".
Desde El PI han argumentado que "son muchos los expertos" que consideran que esta regulación se hace más desde la perspectiva del orden público que no desde la perspectiva de una emergencia sanitaria o ambiental.
En este sentido la PNL pide que el Gobierno estudie la modificación de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y asedio para incluir claramente las perspectivas sanitaria y ambiental y para dar más participación y decisión en las comunidades autónomas en cuanto que la emergencia afecte sus competencias.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios