El "límite que no puede ser traspasado": la intimidad de los famosos a salvo

  • Una sentencia condena a Telecinco y 'Salsa Rosa' (programa ya extinto) a pagar 54.000 euros de indemnización por invadir la intimidad.
  • En informaciones referentes a Gonzalo Miró y Eugenia Martínez de Irujo.
  • Si los famosos se niegan a hacer públicos sus noviazgos, como sucede a menudo, no hay por qué informar, "ni se debe".
  • La aparición de imágenes constantes no puede confundirse con el interés público, especifica la sentencia dictada este mismo octubre.
  • Miró ya fue indemnizado hace un año con 300.000 euros.
Santi Acosta era el presentador de 'Salsa Rosa'.
Santi Acosta era el presentador de 'Salsa Rosa'.
20MINUTOS.ES
Santi Acosta era el presentador de 'Salsa Rosa'.

Emitir imágenes de personas famosas -de sus noviazgos o rupturas- que constituye la seña de identidad de los llamados 'programas del corazón' que se emiten en televisión, atenta contra los derechos fundamentales a la intimidad y la propia imagen de los afectados si éstos se niegan a hacer pública su relación, informa El País.

Así lo acaba de sentenciar la Audiencia de Madrid, que ha condenado a Telecinco, Atlas y a la productora del programa Salsa Rosa (programa ya extinto) por reproducir grabaciones de la relación entre Gonzalo Miró y Eugenia Martínez de Irujo, a indemnizarle con 54.000 euros al copresentador de Las mañanas de Cuatro.

La sentencia es clara: "No podemos admitir", apuntan los magistrados, "que la aparición de imágenes constantes [de Gonzalo Miró y Eugenia Martínez de Irujo], los comentarios día a día sobre el desarrollo de dicha relación [...] pueda confundirse con un interés público digno de protección".

"Si tales personas deciden mantener estas relaciones al margen del conocimiento público", tal y como repitió reiteradamente Miró a los distintos reporteros de los programas del corazón que le preguntaron, "tal límite no puede ser traspasado".

300.000 euros hace un año

Esta sentencia llega justo un año después de que Miró obtuviese otra cuantiosa indemnización de otro programa de Telecinco, Aquí hay tomate . En aquella ocasión, los programas de Tele 5, Aquí hay tomate y TNT, fueron condenados a indemnizar a Gonzalo Miró con 300.000 euros por intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal y familiar, por la Audiencia Provincial de Madrid.

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