Un pueblo de Valencia sancionará con hasta 60.000 euros a quien chille, taladre...

  • Los infractores deberán adoptar las medidas correctoras necesarias.
  • La ordenanza señala que la contaminación acústica es uno de los problemas medioambientales "más importantes" en la actualidad.
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Cartel del Día Internacional Sin Ruido 2008.
Cartel del Día Internacional Sin Ruido 2008.
Cartel del Día Internacional Sin Ruido 2008.

La localidad valenciana de Senyera ha aprobado una ordenanza municipal reguladora de la protección contra la contaminación acústica que incluye sanciones de entre 60 y 60.000 euros para los infractores, quienes además deberán adoptar las medidas correctoras necesarias.

La ordenanza señala que la contaminación acústica es uno de los

problemas medioambientales "más importantes" en la actualidad, y en particular en la Comunitat Valenciana, en la que los estudios realizados indican la existencia de niveles de ruido "por encima de los límites máximos admisibles" por organismos internacionales y la
Unión Europea.

El texto indica que, en los
trabajos que se realicen en la
vía pública y en la edificación dentro de las zonas de uso residencial, no se autorizará el empleo de maquinaria cuyo nivel de presión sonora supere los
90 decibelios medidos a cinco metros de distancia. Además,
prohíbe realizar trabajos que puedan transmitir ruidos al exterior del recinto de la obra o local en horario nocturno, los fines de semana desde las 13.00 horas, y los festivos durante todo el día.

La ordenanza
prohíbe también el ruido excesivo de las motos, tocar el claxon, "cantar, gritar, vociferar, especialmente durante el
horario nocturno, así como hacer reparaciones domésticas, bricolaje o jardinería con carácter asiduo, cuando se superen los niveles establecidos en esta norma". Queda prohibido asimismo realizar "cualquier actividad perturbadora del descanso ajeno en el interior de las viviendas", en especial de noche, tales como fiestas, juegos, arrastre de muebles y enseres. El
texto también se refiere a los
animales domésticos como fuente de ruido.
Las infracciones leves, como incumplir las obligaciones de la ordenanza, se sancionarán con multas de
60 a 600 euros; las
graves, como obstaculizar la labor inspectora, con multa de
601 a 6.000 euros; y las
muy graves, como superar los niveles sonoros permitidos en más de
15 decibelios, con multa de
6.001 a 60.000 euros. Además, si el infractor no adopta voluntariamente medidas correctoras en el plazo requerido, se podrá acordar la imposición de multas coercitivas sucesivas, la cuantía de cada una de las cuales no superará el 20% del importe de la sanción.

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