Fuentes judiciales han confirmado a Europa Press la conformidad alcanzada tras haber admitido las acusaciones y haber aplicado una atenuante por reparación de daño ante los delitos de agresión sexyual y otro contra la intimidad de la víctima.
En este sentido, también se le ha impuesto al acusado una multa a seis meses a razón de cuatro euros diarios al tiempo que se ha mantenido la petición de nueve años de libertad vigilada.
El escrito de calificación provisional, consultado por Europa Press, relata que en la noche del 8 de abril de 2018, procesado y víctima tomaron un te en el domicilio de él, quien tenía alquilada una de las habitaciones a la mujer.
Cuando ella le dijo que estaba cansada y que se iba a su dormitorio, H.R.G. le habría ofrecido hacerle un masaje en los pies, a lo que accedió "dirigiéndose ambos a la habitación".
Una vez allí, según indica el fiscal, la víctima se tumbó en la cama boca abajo, descalza y el acusado "comenzó a hacerle el masaje, quedándose ella dormida a los pocos minutos".
H.R.G., guiado por un "ánimo libidinoso", le habría bajado los pantalones del pijama y las bragas, "tocándole los glúteos" y los genitales "habiendo puesto previamente a grabar una cámara de vídeo sin el consentimiento" de ella, quien, al despertarse, "pudo ver cómo el acusado estaba desnudo de cintura para abajo".
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