CCOO recuerda a dos patrocinadores de la Real Orquesta Sinfónica que no puede influir en el derecho a huelga

  • La Unión Provincial de CCOO de Sevilla avisa de que el mecenazgo privado "no puede interferir en el desarrollo de un derecho fundamental" y se muestra "indignada y perpleja" ante los argumentos que esgrimen dos mecenas de la Real Orquesta Sinfónica de Sevilla (ROSS) que, en una carta abierta, han cuestionado el derecho a huelga de los trabajadores y han retirado sus aportaciones por la protesta de la plantilla por las que se ha suspendido varios conciertos.
Concierto del ciclo de cámara de la ROSS
Concierto del ciclo de cámara de la ROSS
REAL ORQUESTA SINFÓNICA DE SEVILLA - Archivo
Concierto del ciclo de cámara de la ROSS

CCOO-Sevilla recuerda en un comunicado a estos dos mecenas que el derecho a huelga está recogido en el Artículo 28 de la Constitución Española (CE), donde se reconoce su uso "para la defensa de los intereses de los trabajadores". La Unión Provincial de CCOO de Sevilla avisa de que el mecenazgo privado "no puede interferir en el desarrollo de un derecho fundamental".

El sindicato ha defendido que la huelga convocada en la ROSS ha reunido "todos los requisitos legales" y se ha sustentado en la reivindicación de "un presupuesto suficiente para afrontar la actividad artística, la adquisición y mantenimiento de instrumental, vestuario y mobiliario, o para evitar la progresiva pérdida de poder adquisitivo que está soportando la plantilla como consecuencia de una mala gestión de la empresa y la falta de financiación estable".

En este sentido, el sindicato pide a estos mecenas que, "en lugar de cuestionar un derecho fundamental de los trabajadores, exijan a la dirección de la orquesta, al Ayuntamiento de Sevilla y a la Junta de Andalucía una financiación suficiente que garantice el futuro de la ROSS y salarios dignos para la plantilla".

De esta manera, CCOO "lamenta" que la carta llegara a los trabajadores de la orquesta utilizando medios de la empresa. El sindicato va a estudiar la posibilidad de presentar las acciones legales oportunas para determinar si existe una intromisión en el ejercicio de este derecho fundamental.

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