Consumo registra 1.346 reclamaciones, la mayoría en servicios financieros, un 8,3% más que el año anterior

  • Durante 2018 el servicio de Consumo de la Delegación Territorial de Salud y Familias de la Junta en Huelva ha registrado un total de 1.346 reclamaciones, un 8,3 por ciento más en comparación con el año anterior, en el que se tramitaron 1.243.
El director general de Consumo de la Junta, Juan Javier Márquez Cabeza, en una rueda de prensa.
El director general de Consumo de la Junta, Juan Javier Márquez Cabeza, en una rueda de prensa.
JUNTA DE ANDALUCÍA
El director general de Consumo de la Junta, Juan Javier Márquez Cabeza, en una rueda de prensa.

El sector que en la provincia onubense ha aglutinado mayor número de quejas durante el ejercicio pasado ha sido el de servicios financieros e inversión, con 246, seguido de cerca por el de telecomunicaciones (222), que es el que ha estado liderando esta estadística en los últimos años, ha informado la Junta en una nota.

Los otros sectores con más reclamaciones de los usuarios han sido el de minoristas como tiendas o grandes almacenes (194), servicios sanitarios (162) y servicios esenciales como agua, gas y electricidad (143).

También se han recibido denuncias de la población por incidencias, aunque ya en menor medida, en hostelería y turismo (55), transportes (50), vehículos (50), asistencia técnica (40) y restauración, seguros y servicios de ocio y juegos, en los tres casos con 33.

Por su parte, la Delegación Territorial de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, que ostenta a nivel provincial las competencias de la Junta en Consumo, ha organizado este viernes una jornada dirigida a presentar a profesionales onubenses de los servicios en este ámbito el nuevo decreto de la administración autonómica que regula las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas a ellas, recientemente aprobado por el Consejo de Gobierno.

En concreto, esta actividad, presidida por el director general de Consumo de la Junta, Juan Javier Márquez Cabeza, ha contado entre sus asistentes con personal técnico de las Oficinas Municipales de Información a las Personas Consumidoras (OMIC) existentes en Huelva y concejales de los ayuntamientos responsables de las mismas, así como integrantes de las juntas arbitrales local y provincial.

La nueva normativa, que entrará en vigor a final de año, seis meses después de su publicación en el BOJA, que se produjo el pasado 3 de junio, deroga el decreto aprobado hace diez años en este ámbito, estableciendo novedades que permitirán garantizar una mayor transparencia y seguridad jurídica de la ciudadanía en materia de consumo.

Según ha comentado Márquez, "con esta medida damos un paso importante en la mejora de los trámites de las reclamaciones relacionadas con consumo y protegemos más a los usuarios en los conflictos en que pudieran verse envueltos".

En este sentido, cuando una persona tenga un conflicto de consumo con una empresa o un profesional, seguirá disponiendo de una herramienta como la hoja de reclamaciones para, en primer lugar, lograr la solución del mismo rápida y directamente con la empresa. Si ello no ha sido posible, los organismos competentes le ofrecerán su valoración técnica de los hechos y le propondrán una solución, al tiempo que le asesorarán sobre el mejor camino a seguir.

FORMULARIO MÁS SENCILLO

Además de introducir un formulario más sencillo y fácil de rellenar, con la nueva regulación la empresa reclamada deberá dar una respuesta más completa y útil para el consumidor, lo que permitirá que muchos de los conflictos se solucionen sin necesidad de dar cuenta a la administración competente.

De igual modo, la tramitación será más previsible, transparente y eficiente, ya que se crea un verdadero procedimiento administrativo con causas claras de inadmisión, un plazo máximo para admitir (15 días) y resolver (tres meses) y formas claras de terminación.

Por otra parte, con el nuevo decreto los consumidores también obtendrán un informe jurídico sobre la cuestión reclamada. Así, en el caso de que no sea posible realizar una mediación, arbitraje o trasladar el asunto a una entidad de resolución de litigios en este ámbito específica, el servicio público de Consumo que tramite la reclamación emitirá un breve informe no vinculante, valorando jurídicamente el caso y orientando al usuario sobre cómo ejercer sus derechos.

Finalmente, la normativa pone fin a algunas de las dudas existentes sobre hojas de reclamaciones. Entre otras cuestiones, aclara que no es necesario haber consumido para iniciar este trámite y que los profesionales colegiados deben disponer de hojas de reclamaciones, así como los establecimientos regulados por una normativa específica (bancos, estaciones de tren y autobuses).

En el caso concreto de los dispositivos de venta automática, bienes de uso compartido o venta a distancia, también deberán informar, en el propio dispositivo o a través de la aplicación que utilicen, sobre cómo solicitar una reclamación y presentarla.

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